Ayudas estatales Italia Ayuda estatal notificada nº C 2/2005 (ex N 501/2004) Alitalia: plan industrial de reestructuración Invitación a presentar observaciones en aplicación del apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE

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AYUDAS ESTATALES -- ITALIA Ayuda estatal notificada no C 2/2005 (ex N 501/2004) -- Alitalia: plan industrial de reestructuración Invitación a presentar observaciones en aplicación del apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE (2005/C 44/12) (Texto pertinente a efectos del EEE) Mediante carta de 19 de enero de 2005, reproducida en la versión lingüística auténtica en las páginas siguientes al presente resumen, la Comisión notificó a Italia su decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo 88, apartado 2 del Tratado CE en relación con la medida antes mencionada.

Los interesados podrán presentar sus observaciones en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del presente resumen y de la carta que figura a continuación, enviándolas a:

Comisión Europea Dirección General de Energía y Transportes Dirección A, Asuntos Generales y Recursos Edificio DM 28 -- 1049 Bruselas Fax: + 32.2.296.41.04

Dichas observaciones serán comunicadas a Italia. Los interesados que presenten observaciones podrán solicitar por escrito que no se divulgue su identidad, exponiendo los motivos de tal solicitud.

TEXTO DEL RESUMEN Procedimiento:

El 15 de octubre de 2004, Italia notificó a la Comisión el plan de reestructuración industrial de Alitalia en su conjunto, y concretamente la inversión prevista de la sociedad de cartera pública Fintecna en las actividades en tierra de la compañía. Sin embargo, a falta de elementos puntuales sobre la recapitalización anunciada en las actividades de transporte aéreo, la Comisión envió una solicitud de información complementaria el 21 de octubre de 2004. Paralelamente, el 15 de octubre, la Comisión había recibido una denuncia contra Alitalia, firmada por ocho compañías aéreas competidoras, fundada en los comportamientos de liderazgo de precio y de aperturas de nuevas rutas que tendría la compañía; las autoridades británicas transmitieron una segunda denuncia el 20 de octubre de 2004. El 21 de diciembre de 2004, Italia transmitió sus observaciones.

Descripción:

La reciente evolución de la empresa La situación financiera de Alitalia, controlada en un 62,39 %, desde julio de 2002, por el Estado italiano, sufrió una fuerte degradación. Su balance de 2003 reveló un agravamiento de sus pérdidas antes de impuestos y elementos financieros y excepcionales de 379,5 millones de euros en 2003 frente a una pérdida de 118,5 millones de euros en 2002. En 2004, los nueve primeros meses de actividad se tradujeron en un retroceso del 7 % del volumen de negocios con relación a los meses correspondientes de 2003; por último, para 2004 se espera un resultado neto negativo de 850 millones de euros. En este contexto, el 20 de julio de 2004, la Comisión aprobó una ayuda de salvamento de un máximo de 400 millones de euros, que consistía en la garantía de créditos de tesorería, con un interés de un porcentaje del 4,43 % anual y reembolsable, como máximo, 12 meses después de la última puesta a disposición de los fondos. Este préstamo debía, según el informe de los administradores de Alitalia sobre las cuentas a 30 de junio de 2004, permitir cubrir las necesidades financieras de la empresa hasta marzo de 2005. Las autoridades italianas habían asumido varios compromisos en el marco de esta última decisión, especialmente los siguientes:

-- Alitalia garantizó a la Comisión que todas las líneas abiertas a partir de la temporada 'verano' 2004, habían sido abiertas sin aumento de capacidad, con relación a las inversiones ya decididas a 31 de diciembre de 2002, y que eran rentables; Alitalia también confirmó no practicar ni actualmente, ni en lo sucesivo, precios salvajes en estas nuevas rutas; las autoridades italianas proporcionaron a la Comisión, en el marco de su análisis del plan de recapitalización, una serie de elementos tendentes a confirmar el cumplimiento de estos compromisos;

-- El 13 de julio de 2004, las autoridades italianas también se comprometieron por escrito a que la participación del Estado en el capital de Alitalia fuera minoritaria en un plazo máximo de doce meses.

Las medidas de reestructuración notificadas El consejo de administración de Alitalia adoptó el 20 de septiembre de 2004 un nuevo plan comercial ('Piano industriale 2005-2008') encaminado a hacer frente a la fuerte degradación de la situación financiera; el nuevo plan prevé esencialmente la separación de las dos actividades de Alitalia, una de transporte aéreo, (AZ Fly), que guardará la forma jurídica de la actual Alitalia, y otra de apoyo, (AZ Services), como filial pendiente de constitución que agrupará el mantenimiento, la asistencia en tierra, la informática y los servicios compartidos.

El plan incluye la salida de 3 679 asalariados en Italia mediante la utilización de dispositivos legales previstos a tal efecto, como la 'Cassa Integrazione', que se extendió al sector aéreo, para limitar los choques sociales de estas medidas.

19.2.2005C 44/10 Diario Oficial de la Unión EuropeaES

La reestructuración de Alitalia implica una doble recapitalización:

-- en AZ Fly, por el Estado y los inversores privados hasta un máximo de aproximadamente 1 200 millones de euros a principios de 2005, pero con posterioridad a la aprobación de las cuentas de 2004 por la asamblea general de accionistas;

-- en AZ Services, destinada a recibir la contribución de las actividades de mantenimiento, asistencia en tierra, informática y servicios compartidos de Alitalia, la recapitalización estará garantizada por la sociedad de cartera estatal Fintecna hasta un máximo de aproximadamente 220 millones de euros entre 2005 y 2007, antes de la cesión proyectada de sus actividades, eventualmente por sectores independientes, a socios privados. Esta recapitalización adoptará la forma de acciones ordinarias y privilegiadas que garantizarán un dividendo prioritario.

La recapitalización de AZ Fly La contribución del Estado debe hacerse, como en la recapitalización de 2002, de manera coherente entre el Estado y el sector privado; Italia mostró su disponibilidad a asumir compromisos similares a los asumidos en aquel momento. Sin embargo, debido al carácter anticipado de la presente notificación, no se dispone aún de las cartas de intención de los bancos anunciando su disponibilidad a garantizar el buen fin de la operación en cuanto a la participación de los inversores privados. Otras modalidades de la operación, como la reducción del capital previa a la recapitalización para liquidar las últimas pérdidas, quedan por definir; ahora bien, pueden influir sobre la parte que podrá suscribir el Estado respetando su compromiso para privatizar Alitalia.

La recapitalización de AZ Services Ambas partes, Alitalia y Fintecna, firmaron dos cartas de intención y se pusieron de acuerdo, con la ayuda de sus asesores respectivos, sobre un esquema de valorización que daría una rentabilidad del orden de un 25 % de los fondos invertidos a Fintecna para 2008; sin embargo algunos aspectos de la operación quedan por negociar de aquí a enero de 2005 entre las partes.

Valoración:

Habida cuenta de los elementos en su posesión, la Comisión no puede aún excluir que estas recapitalizaciones constituyan ayudas basándose en que no satisfarían el principio del inversor privado en economía de mercado. Dado que Alitalia ya se ha beneficiado de una ayuda a la reestructuración en 1997, no podría, según el principio de la ayuda única 'primera y única vez' beneficiarse de una nueva ayuda.

La Comisión desea pues obtener, sobre la recapitalización de 1 200 millones de euros de AZ Fly, garantías definitivas en cuanto a la participación efectiva y coherente del sector privado y en cuanto al respeto del compromiso de privatización asumido en julio de 2004 por Italia.

Por lo que se refiere a la toma de control de AZ Services por la sociedad de cartera pública Fintecna, desea hacer comprobar, incluso con ayuda de un peritaje independiente, la rentabilidad de la operación una vez se fijen sus detalles, incluso en cuanto a sus relaciones contractuales futuras, y teniendo en cuenta la existencia de acciones privilegiadas.

También desea ofrecer la posibilidad a terceras partes interesadas de comentar cualquier aspecto del plan de reestructuración y recapitalización de Alitalia que juzguen pertinentes de tomar en consideración.

La Comisión ha decidido pues incoar el procedimiento formal de examen con el fin de comprobar, en el menor plazo compatible con la situación de tesorería tensa de la empresa, la compatibilidad con el mercado común de las dos medidas de recapitalización previstas.

TEXTO DE LA CARTA 'Con la presente la Commissione si pregia informare l'Italia che, dopo avere esaminato le informazioni fornite dalle autorità italiane in merito alla misura menzionata in oggetto, ha deciso di avviare il procedimento di cui all'articolo 88, paragrafo 2 del trattato CE.

1. PROCEDIMENTO 1. Con lettera del 15 ottobre 2004 (TREN (2004) A/33451 protocollata in pari data) l'Italia ha notificato alla Commissione il piano di ristrutturazione industriale della società Alitalia nel suo insieme, e più particolarmente l'investimento che la holding pubblica Fintecna S.p.A.

intende effettuare nelle attività di prestazione di servizi a terra della compagnia aerea.

2. Ritenendo incompleta la notifica per l'assenza, tra l'altro, di elementi precisi circa l'annunciata ricapitalizzazione delle attività di trasporto aereo, il 21 ottobre 2004 la Commissione ha trasmesso all'Italia una richiesta di informazioni complementari (TREN (2004) D/19010).

Nel frattempo, nelle date del 27 ottobre, 26 novembre e 14 dicembre, hanno avuto luogo diverse riunioni di lavoro con le autorità italiane. In queste occasioni, elementi di risposta sono stati trasmessi alla Commissione in via informale anche dal Dipartimento del Tesoro italiano. In parallelo, il 15 ottobre, la Commissione aveva ricevuto una denuncia nei confronti di Alitalia, firmata da otto compagnie aeree concorrenti (1 ) (TREN (2004) A/33509 protocollata il 18.10.2004), secondo la quale...

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