Amendments to the practice directions relating to direct actions and appeals

Published date31 January 2009
Subject MatterProvisions governing the Institutions
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 29, 31 January 2009
L_2009029ES.01005101.xml
31.1.2009 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 29/51

MODIFICACIONES DE LAS INSTRUCCIONES PRÁCTICAS

relativas a los recursos directos y a los recursos de casación

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el artículo 125 bis de su Reglamento de Procedimiento,

Considerando lo siguiente:

(1) Con objeto de aumentar al máximo la utilidad de la vista oral, el Tribunal de Justicia ha decidido introducir ciertas modificaciones en la organización y el desarrollo de la misma.
(2) En primer lugar, se trata de generalizar una práctica ya existente, que consiste en instar a las partes, cuando son convocadas a la vista, a que respondan a ciertas preguntas, se pronuncien sobre determinados puntos en sus informes orales o concentren dichos informes en aquellos aspectos del asunto que parezcan especialmente importantes para la resolución del Tribunal de Justicia.
(3) En segundo lugar, se trata de atribuir más tiempo y más importancia, en el desarrollo de la vista, al intercambio de preguntas y respuestas entre los miembros del Tribunal de Justicia y las partes, fijando por consiguiente una duración para los informes orales que podrá ser de veinte minutos para cada parte en las vistas ante el Pleno, la Gran Sala y las Salas de cinco Jueces, y de quince minutos ante las Salas de tres Jueces.
(4) Procede adaptar en consecuencia las instrucciones prácticas y actualizar algunas de las direcciones de correo electrónico que figuran en ellas.

ADOPTA LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES DE LAS INSTRUCCIONES PRÁCTICAS DE 15 DE OCTUBRE DE 2004 (1):

1. En el punto 1, segundo guión, la dirección ecj.registry@curia.eu.int es sustituida por la dirección «ecj.registry@curia.europa.eu».
2. Los puntos 49 a 51 se sustituyen por el texto siguiente:
«49) En la convocatoria para la vista oral se informará a las partes de las medidas de organización de la vista que haya decidido adoptar el Tribunal de Justicia. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en instar a las partes a que respondan a ciertas preguntas en la vista, a que se pronuncien en ella sobre determinados puntos o a que concentren sus informes orales en ciertos aspectos del asunto o en puntos específicos, o bien en instar a las partes que defiendan las mismas tesis a que se concierten para su intervención en la vista. Antes del comienzo de la vista, se
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