Ayuda estatal Grecia Ampliación del procedimiento relativo a la ayuda estatal nº C 16/2004 (ex CP 71/2002 y CP 133/2005) Presunta ayuda estatal de Grecia a Hellenic Shipyards S.A. Invitación a presentar observaciones en aplicación del artículo 88(2) del Tratado CE 

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AYUDA ESTATAL -- GRECIA Ampliación del procedimiento relativo a la ayuda estatal no C 16/2004 (ex CP 71/2002 y CP 133/2005) Presunta ayuda estatal de Grecia a Hellenic Shipyards S.A.

Invitación a presentar observaciones en aplicación del artículo 88(2) del Tratado CE (2006/C 236/06) (Texto pertinente a efectos del EEE) Mediante carta de 4 de julio de 2006, reproducida en la lengua auténtica en las páginas siguientes al presente resumen, la Comisión notificó a Grecia su decisión de ampliar el procedimiento previsto en el artículo 88(2) del Tratado CE, relativo a la medida antes mencionada.

Las partes interesadas pueden presentar sus observaciones sobre la medida respecto a la cual la Comisión incoa el procedimiento en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del presente resumen y la carta siguiente a esta dirección:

Comisión Europea Dirección General de Competencia Registro de ayudas estatales SPA 3, 6/5

B-1049 Bruselas Fax (32-2) 296 12 42

Dichas observaciones serán comunicadas a Grecia. Las partes interesadas que presenten observaciones podrán solicitar por escrito, exponiendo los motivos de su solicitud, que su identidad sea tratada confidencialmente.

TEXTO DEL RESUMEN PROCEDIMIENTO Mediante la Decisión C(2004)1359 de 20 de abril de 2004 (1 ), la Comisión incoó el procedimiento previsto en el artículo 88(2) del Tratado en relación con las modificaciones introducidas en el Plan de inversiones financiado en parte a través de una ayuda a la inversión concedida a Hellenic Shipyards S.A. (en adelante, 'HSY'), que la Comisión autorizó el 15 de julio de 1997 en el asunto N 401/1997. La Decisión de la Comisión de 20 de abril de 2004 también hacía referencia a varios préstamos y garantías concedidos a HSY por el banco de propiedad estatal ETVA así como al hecho de que las autoridades griegas no hubieran transmitido informes anuales.

En lo que concierne a las medidas a las que se refiere la presente Decisión, a partir de 2002, la Comisión recibió varias cartas de un denunciante en las que se afirmaba que se habían concedido a HSY otras ayudas estatales. Las autoridades griegas remitieron varias cartas con información sobre estas acusaciones.

DESCRIPCIÓN HSY es uno de los principales astilleros del Mediterráneo oriental y el más importante de Grecia. En septiembre de 1985, el Banco Griego de Desarrollo Industrial (en lo sucesivo, 'ETVA'), banco de propiedad estatal, adquirió HSY, que estaba prácticamente en quiebra. Desde entonces, HSY se ha beneficiado en varias ocasiones del apoyo del Estado y se ha visto implicado en varias decisiones sobre ayudas estatales de la Comisión. En mayo de 2002, un consorcio constituido por HDW y Ferrostaal (en lo sucesivo, 'HDW/ Ferrostaal') adquirió HSY.

EVALUACIÓN (1) En esta fase del procedimiento, la Comisión alberga dudas de que Grecia haya cumplido las condiciones fijadas en sus Decisiones de 15 de julio de 1997 (asunto N401/1997) y de 5 de junio de 2002 (asunto N513/2001) por lo que se refiere, respectivamente, a:

-- la ayuda de reestructuración de 160 millones de EUR autorizada por la Comisión en 1997, -- la ayuda de cierre de 29,5 millones de EUR autorizada por la Comisión en 2002.

30.9.2006C 236/40 Diario Oficial de la Unión EuropeaES (1 ) DO C 202 de 10.8.2004, p. 3.

(2) Además, la Comisión tiene dudas en cuanto al carácter de ayudas estatales y a la compatibilidad de las siguientes medidas no notificadas por Grecia:

-- la aportación de capital de 25,6 millones de EUR realizada por el Estado griego o por ETVA en 1996-1997, -- la ampliación de capital social efectuada en el contexto del Plan de inversiones en 1998-2000;

-- las contragarantías del Estado por los avales otorgados por el ETVA por un depósito de 29,4 millones de EUR de la OSE (Red de Ferrocarriles Griegos) y por un depósito de 9,4 millones de EUR de la ISAP en relación con contratos ferroviarios a partir de 1997, -- el aplazamiento/la reprogramación de obligaciones y la cancelación de las multas adeudadas a la OSE y a la ISAP en relación con contratos ferroviarios a partir de 1997, -- el préstamo concedido por el ETVA a HSY en relación con el contrato celebrado entre HSY y Strinzis Lines a partir de 1999 para la construcción de dos transbordadores de carga/pasajeros, -- las garantías ofrecidas por el ETVA por el depósito de Strinzis Lines de 6,6 millones de EUR en relación con el contrato celebrado entre HSY y Strinzis Lines a partir de 1999 para la construcción de dos transbordadores de carga/pasajero;

-- la garantía del Estado para respaldar un préstamo de 29,3 millones de EUR concedido por el ETVA en 2000, -- los préstamos concedidos a HSY por organismos públicos, -- las subvenciones cruzadas entre las ramas militar y civil de HSY, -- la cláusula indemnizatoria suscrita por el Estado griego a favor de HDW/Ferrostaal como contrapartida de la obligación de este último de reembolsar las ayudas ilegales recibidas por HSY y, posiblemente, de otras obligaciones.

(3) Teniendo en cuenta las dudas que acaban de exponerse, la Comisión ha decidido ampliar el procedimiento previsto en el artículo 88(2) del Tratado CE en el asunto C 16/2004 en lo referente a las medidas anteriormente mencionadas.

(4) Por último, la Comisión considera que las medidas siguientes no constituyen ayudas estatales o están cubiertas por el artículo 296 del Tratado CE:

-- la garantía constituida por el Estado para respaldar el préstamo de 44 millones de EUR concedido por el ETVA en 2001 en relación con pedidos de la Armada griega, -- la financiación excesiva concedida a HSY entre 2000 y 2002 mediante la adjudicación o modificación de nuevos contratos de defensa, -- el aplazamiento/la reprogramación en 2002 de obligaciones y la cancelación de multas previstas en los contratos de defensa existentes, -- la dispensa del requisito de presentar garantías bancarias/una garantía implícita del Estado para participar en las licitaciones para la adjudicación de contratos de defensa, -- los activos previstos en los contratos de defensa celebrados con la Armada griega consignados en las cuentas anuales publicadas de HSY a partir de 2001, -- la garantía del Estado para cubrir los anticipos por un valor de 96,8 millones de EUR pagados por la Armada griega en 2002, -- la dispensa de la obligación de contar con un nivel mínimo de recursos propios prevista en el Derecho de sociedades griego concedida por el Gobierno heleno a HSY de 1999 a 2005, -- la no exigencia por parte de la OSE y de la ISAP del requisito que obligaba a HSY a constituir garantías bancarias en relación con los contratos ferroviarios celebrados a partir de 1997, -- la ayuda de funcionamiento de 8,3 millones de EUR vinculada a los contratos celebrados entre HSY y Strinzis Lines a partir de 1999 para la construcción de dos transbordadores de carga/pasajeros, -- la presunta garantía de 92,8 millones de EUR prestada por el Estado en 2003, -- el proceso de privatización y el precio en que...

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