E-2447/98 de Angela Sierra González a la ComisiónAsunto: Derechos del pueblo bereber en África

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Respuesta del Sr. Fischler en nombre de la Comisión (22 de septiembre de 1998) La Comisión es consciente de la importancia de la empresa Chiquita como multinacional del comercio de plátanos. Sus representantes son consultados, junto con los de otras empresas y productores de este sector, en el comité consultivo conocido como 'grupo de expertos de los plátanos', compuesto por representantes de la Comunidad y de los países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP) y Latinoamérica, importadores, distribuidores y consumidores. Sin embargo, está claro que el papel de este comité es puramente consultivo. La toma de decisiones sigue siendo responsabilidad de las instituciones comunitarias competentes.

No es competencia de la Comisión investigar las prácticas de la empresa Chiquita en los países de Latinoamérica.

(1999/C 118/099) PREGUNTA ESCRITA E-2447/98 de Angela Sierra González (GUE/NGL) a la Comisión (30 de julio de 1998) Asunto: Derechos del pueblo bereber en África El pasado 5 de julio de 1998 entró en vigor en Argelia la 'Ley de generalización del árabe'. Su imposición afecta de forma generalizada a toda la población argelina, pero particularmente a los pueblos bereberes de todo el Magreb, instalados mayoritariamente en Argelia.

Este hecho, unido al asesinato del cantautor étnico Lunes Matub el pasado 25 de junio de 1998, ha provocado el levantamiento de esta población que, unidos por la lengua 'tamazight' y con una identidad cultural propia, están sufriendo una política de 'arabización' obligatoria por parte de los Estados en cuyo seno se encuentran.

Es necesaria sin duda una actividad diplomática efectiva para garantizar los derechos de los bereberes en tanto que pueblo.

¿Qué iniciativas ha tomado o tomará la Comisión frente a los acontecimientos descritos? ¿Considera necesario la Comisión dirigirse al Gobierno argelino para solicitar la efectiva protección de los derechos de esas comunidades en su país? Respuesta del Sr. Marín en nombre de la Comisión (21 de septiembre de 1998) La aplicación inmediata de la Ley de arabización, anunciada desde el 4 de julio de 1992, puede efectivamente tener repercusiones negativas para la población bereber, tal como ha señalado el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en su 62a sesión de julio de 1998.

Una acción diplomática como la que sugiere Su Señoría no depende únicamente de la Comisión, sino también de los Estados miembros, de acuerdo con las normas establecidas por el Tratado de la...

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