Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo — La política antiterrorista de la UE: logros principales y retos futuros»[COM(2010) 386 final]

SectionActos preparatorios

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 218/91

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo - La política antiterrorista de la UE: logros principales y retos futuros»

[COM(2010) 386 final]

(2011/C 218/17)

Ponente: Cristian PÎRVULESCU

El 20 de julio 2010, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo - La política antiterrorista de la UE: logros principales y retos futuros

COM(2010) 386 final.

La Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 24 de marzo de 2011.

En su 471 o Pleno de los días 4 y 5 de mayo de 2011 (sesión del 5 de mayo de 2011), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 167 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención el presente Dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

Mientras se acusan plenamente los efectos de la crisis económica actual, el CESE llama la atención sobre el riesgo creciente de radicalización del terrorismo por motivos tanto religiosos como ideológicos. La salvaguarda de los derechos fundamentales debe ser un criterio fundamental para evaluar la política antiterrorista, tanto en sus fases de proyecto como de puesta en práctica.

Así, el CESE preconiza reconsiderar el componente de prevención y añadirle una faceta previa con vistas a desarrollar las relaciones de cooperación y a desactivar las tensiones en una fase precoz. Se trata de una dimensión transversal que atañe tanto a la política antiterrorista como a otras políticas de la UE y de los Estados miembros sobre, por ejemplo, los jóvenes, la cultura, la educación o la participación en la vida política y

El CESE recomienda emplear, en los documentos oficiales de la Unión Europea y de los organismos especializados, la expresión «terrorismo por motivos de intolerancia, racismo y xenofobia» en lugar de «terrorismo islamista».

El CESE anima a todas las instituciones de la UE, así como a los gobiernos nacionales, a diseñar sus políticas basándose en los datos cualitativos y cuantitativos disponibles sobre la dinámica del terrorismo. Dada la diversidad que presenta el fenómeno, sería un error diseñar una política aplicable indistintamente a todas las situaciones, en particular, habida cuenta de que su ejecución sería costosa e ineficaz. De igual modo, es preciso atenerse al principio de proporcionalidad, de manera que tanto la reacción como los esfuerzos y los gastos realizados guarden proporción con la gravedad de las amenazas de este

El CESE preconiza que además de los cuatro ámbitos de actuación (prevenir, proteger, perseguir y responder) y de los aspectos transversales (respeto de los derechos fundamentales,

cooperación internacional y asociaciones con terceros países, así como financiación), en los documentos estratégicos relativos a la política antiterrorista de la UE se recoja asimismo una tipología del terrorismo basada en sus motivos e incidencia (separatista; vinculados ya sea a la extrema izquierda, al anarquismo o a la extrema derecha; relativa a una causa específica y, por último, terrorismo por motivos religiosos). Esta estructuración estratégica ayudará a los gobiernos nacionales, a las instituciones europeas y a otros agentes afectados a adaptar su visión y las herramientas que emplean para afrontar los retos específicos de cada tipo de terrorismo.

1.6 El CESE sugiere que la Estrategia específica de la UE para luchar contra la radicalización y la captación de terroristas, así como el Plan de acción correspondiente, prevean también medidas concretas para atenuar las desigualdades y la discriminación y se basen, entre otros, en los trabajos de la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

1.7 El CESE anima a la Comisión Europea y a los gobiernos nacionales a realizar una evaluación pormenorizada del impacto económico que producen las medidas de seguridad en las actividades de los operadores privados. Insiste en que el desarrollo de tecnologías costosas y la burocratización de los procedimientos puede afectar negativamente a la actividad de los agentes económicos y de los ciudadanos.

1.8 El CESE advierte que, combinado con las competencias ampliadas de las autoridades, el empleo ilegal o inadecuado de datos personales, que a menudo son sensibles, puede desembocar en la discriminación o estigmatización de determinados ciudadanos o colectivos.

1.9 Con vistas a reforzar la credibilidad de las políticas antiterroristas y poner de relieve la importancia del respeto de los derechos fundamentales, el CESE recomienda a la Comisión que acceda a la solicitud formulada por el Parlamento Europeo, en

ES Diario Oficial de la Unión Europea 23.7.2011

su Resolución de 2007 sobre la supuesta utilización de países europeos por la CIA para el transporte y la detención ilegal de presos, de que se evalúe la legislación antiterrorista de los Estados miembros y cualquier otro procedimiento que pueda contribuir a realizar acciones de este tipo.

El CESE aboga por que en aquellos países en los que la política antiterrorista podría poner en entredicho la democracia y el respeto de los derechos fundamentales, la Unión Europea promueva con especial determinación un modelo de lucha contra el terrorismo sobre la base de normas y procedimientos

Introducción

La Comunicación de la Comisión que se examina recoge los elementos básicos para una evaluación política de la actual Estrategia antiterrorista de la UE, según lo ha solicitado el Parlamento Europeo, y constituye un paso preparatorio importante en el marco de la Estrategia de seguridad interior, de mayor

Tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, es particularmente pertinente examinar los logros pasados y plantearse los retos futuros, así como adoptar un nuevo Programa de trabajo plurianual y un Plan de acción para el espacio de libertad, seguridad y justicia (el «Programa de Estocolmo»), razón por la cual resulta necesaria dicha evaluación. Esta Comunicación desarrolla y complementa las medidas e iniciativas relacionadas con la lucha contra el terrorismo recogidas en el Programa de

1 ) y en el Plan de acción por el que se aplica dicho

2

), que esbozan a grandes rasgos las acciones futuras

La Estrategia de la UE de lucha contra el terrorismo de

3 ), que continúa siendo el principal marco de referencia para la actividad de la Unión en este ámbito, consta de cuatro aspectos: prevenir, proteger, perseguir y responder. La Comunicación de la Comisión sigue esa misma estructura...

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