Reglamento (CE) n° 2503/97 de la Comisión de 15 de diciembre de 1997 por el que se adapta el nivel máximo anual de esfuerzo pesquero de determinadas pesquerías          

SectionReglamento
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

Este texto ya no está en vigor

REGLAMENTO (CE) N° 2503/97 DE LA COMISIÓN de 15 de diciembre de 1997 por el que se adapta el nivel máximo anual de esfuerzo pesquero de determinadas pesquerías

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 2027/95 del Consejo, de 15 de junio de 1995, por el que se establece un régimen de gestión del esfuerzo pesquero relativo a determinadas zonas y recursos pesqueros comunitarios (1), y, en particular, el segundo guión de su artículo 4,

Considerando que el segundo guión del artículo 4 del Reglamento (CE) n° 2027/95 prevé que la Comisión, a petición de un Estado miembro, tome las medidas adecuadas para que dicho Estado miembro pueda explotar sus cuotas según las disposiciones del párrafo tercero del apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CE) n° 685/95 del Consejo, de 27 de marzo de 1995, relativo a la gestión de los esfuerzos pesqueros referentes a determinadas zonas y recursos pesqueros comunitarios (2);

Considerando que Alemania ha pedido a la Comisión que adapte el nivel máximo de esfuerzo pesquero, para 1997, asignado a sus buques en relación con determinadas cuotas que le corresponden en virtud del Reglamento (CE) n° 390/97 del Consejo, de 20 de diciembre de 1996, por el que se fijan los totales admisibles de capturas de determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces para 1997 y determinadas condiciones en las que pueden pescarse (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1974/97 (4);

Considerando que el Reglamento debe entrar en vigor inmediatamente para que Alemania pueda explotar su cuotas de capturas;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del sector de la pesca y la acuicultura,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El nivel máximo anual de esfuerzo pesquero de Alemania en la pesquería de artes fijos para especies demersales, contemplado en el anexo del Reglamento (CE) n° 2027/95, se adapta...

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