Anuncio conforme al artículo 2 del Reglamento (CE) nº 1177/2002 del Consejo de 27 de junio de 2002

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

Intensidad máxima de la ayuda: La ayuda no excederá del 75 % para las PYME y del 55 % para las grandes empresas en esta zona asistida con arreglo a la letra c) del apartado 3 del artículo 87.

Ninguna empresa recibirá más de 25 000 libras esterlinas con arreglo a esta exención Fecha de ejecución: 1 de agosto de 2002

Duración del régimen o de la concesión de ayuda individual: 30 de abril de 2007

Objetivo de la ayuda: El objetivo de la ayuda consiste en proporcionar una formación general a los trabajadores de las PYME con el fin último de incrementar la diversificación y la competitividad cada vez mayores en esta zona asistida, que ha sufrido un grave declive económico, especialmente en el sector de las manufacturas. La formación permitirá a los obreros adquirir cualificaciones transferibles, lo que les permitirá tanto conservar su empleo como incrementar su valor en el mercado de trabajo La formación general permitirá obtener unidades para NVQs u otra formación acreditada (véase la documentación complementaria adjunta) Sectores económicos afectados: Todos los sectores Nombre y dirección de la autoridad que concede las...

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