Anuncio de contratación PE/219/S — Agente temporal — Administrador, especialista en ingeniería de tecnologías de la información y la comunicación (AD 9) (ambos sexos)

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31.1.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea CA 38/1

Se ruega a los candidatos que, antes de presentar su candidatura, lean atentamente la Guía destinada a los candidatos adjunta al presente anuncio de contratación. Esta guía, que forma parte integrante del anuncio de contratación, les ayudará a comprender las normas aplicables a los procedimientos y las modalidades de inscripción.

  1. NATURALEZA DE LAS FUNCIONES Y ADMISIBILIDAD B. PROCEDIMIENTO C. PRESENTACIÓN DE LAS CANDIDATURAS ANEXO: GUÍA DESTINADA A LOS CANDIDATOS A PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN ORGANIZADOS POR EL PARLAMENTO EUROPEO

El Parlamento Europeo ha decidido iniciar el procedimiento de provisión de un puesto temporal (AD 9) de administrador en la Dirección General de Finanzas, Dirección de Presupuesto y Servicios Financieros, Unidad de Reconfiguración del Sistema Informático Financiero, en la Secretaría General del Parlamento Europeo.

Se trata de un contrato de duración indefinida. La contratación se efectuará en el grado AD 9, primer escalón, y el sueldo base será de 7 845,39 euros mensuales. Esta retribución estará sujeta al impuesto comunitario y a las demás retenciones previstas por el Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea. La retribución estará exenta del pago de impuestos nacionales. El escalón en que se contrate al agente podrá modificarse en función de su experiencia profesional. Además, al sueldo base se podrán añadir, en determinadas condiciones, las indemnizaciones correspondientes.

El Parlamento Europeo practica una política de igualdad de oportunidades y acepta las candidaturas sin discriminación por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad, orientación sexual, estado civil o situación familiar.

El agente, que trabajará directamente bajo el gestor de proyecto del sistema de gestión financiera (FMS, por sus siglas en inglés), desempeñará funciones de asesoramiento y supervisión en uno o varios de los ámbitos de responsabilidad de la entidad. El proyecto FMS tiene por objeto sustituir las aplicaciones financieras actuales del Parlamento Europeo por una plataforma S4/HANA (SAP). El proyecto FMS abarca principalmente: a) los procesos presupuestarios, generales y contables, y b) los procedimientos de gestión de activos, inventario y contratos y la presentación de información correspondiente. Muchos de estos procesos se basan en las normas establecidas por el Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general de la Unión Europea y sus normas de desarrollo.

El proyecto también interactúa con numerosas aplicaciones del Parlamento Europeo desarrolladas a nivel interno y basadas en distintas tecnologías. La mayor parte de esas aplicaciones se utilizan para preparar los pagos a los diputados al Parlamento Europeo, al personal y a proveedores externos.

El agente estará destinado en Luxemburgo (1), pero tendrá que viajar de forma regular entre los tres lugares de trabajo habituales del Parlamento (Bruselas, Luxemburgo y Estrasburgo) y a otros lugares.

El agente trabajará en estrecha colaboración con los demás miembros del proyecto FMS durante las fases de realización, preparación definitiva, puesta en marcha y ayuda tras la puesta en marcha, así como con las Direcciones Generales y, en su caso, con otras instituciones europeas. Debe proporcionar a la dirección asesoramiento e información oportunos y pertinentes sobre asuntos que guarden relación con su ámbito de competencias (una solución SAP basada en S4/HANA y el entorno de aplicaciones FMS).

Las principales funciones son las siguientes:

— asesorar a la alta dirección en el ámbito de la evolución de las aplicaciones del Parlamento Europeo, teniendo presentes las estrategias de esta institución;

— dirigir, supervisar, motivar y coordinar uno o varios equipos, optimizando la utilización de los recursos de la Unidad para proporcionar un servicio de gran calidad (organización, gestión de los recursos humanos y presupuestarios, innovación, etc.) en sus ámbitos de competencias;

— coordinar, controlar y hacer un seguimiento de la gestión presupuestaria y contractual de los proyectos;

— elaborar, aplicar y hacer un seguimiento de los objetivos y planes de acción, con arreglo a las orientaciones establecidas por la dirección;

— comprender y analizar los requisitos del Parlamento Europeo o, en su caso, supervisar la elaboración de estudios de viabilidad y proponer y aplicar soluciones técnicas adecuadas;

— preparar y hacer un seguimiento de licitaciones en ámbitos muy técnicos;

— acompañar a altos directivos a reuniones y grupos de trabajo internos y externos o representarlos en dichas reuniones y grupos, y participar en reuniones administrativas o presidir dichas reuniones.

Para la realización de estas tareas se requieren competencias para:

— innovar,

— gestionar recursos en un entorno evolutivo,

— organizar operaciones,

— influir,

— crear equipos,

— obtener resultados.

En la fecha en que termine el plazo fijado para la presentación de candidaturas, los candidatos deben cumplir las siguientes condiciones:

De conformidad con el artículo 12, apartado 2, del Régimen aplicable a los otros agentes, los candidatos deben:

— ser nacionales de uno de los Estados miembros de la Unión Europea,

— estar en pleno goce de sus derechos civiles,

— encontrarse en situación regular respecto a las leyes de reclutamiento al servicio militar que les sean aplicables,

— ofrecer las garantías de moralidad requeridas para el ejercicio de sus funciones.

Los candidatos deben tener un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos, acreditados por un título en un ámbito relacionado con la naturaleza de las funciones contemplada en la sección A.2,

— de al menos cuatro años cuando la duración normal de dichos estudios sea de cuatro años como mínimo,

o

— de tres años, seguidos de un año de experiencia profesional en un ámbito relacionado con la naturaleza de las funciones, cuando la duración normal de dichos estudios sea de tres años como mínimo. Este año de experiencia profesional no se tendrá en cuenta para la evaluación de la experiencia profesional exigida en la sección A.3 b) ii).

El comité de selección tendrá presentes las distintas estructuras educativas de los Estados miembros. En el cuadro que figura en la Guía destinada a los candidatos se hallan ejemplos de las cualificaciones mínimas exigidas.

Los candidatos deben haber adquirido unan experiencia profesional de al menos diez años, relacionada con la naturaleza de las funciones, tras la obtención de las cualificaciones descritas en la sección A.3 b) i).

Los candidatos deben tener un profundo conocimiento de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea (lengua 1): alemán, búlgaro, checo, croata, danés, eslovaco, esloveno, español, estonio, finés, francés, griego, húngaro, inglés, irlandés, italiano, letón, lituano, maltés, neerlandés, polaco, portugués, rumano y sueco,

y

un muy buen conocimiento del inglés o del francés (lengua 2). Los candidatos deben elegir una lengua 2 diferente de su lengua 1.

El comité de selección tendrá en cuenta el conocimiento de otras lenguas oficiales de la Unión Europea.

De conformidad con la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) en el asunto C-566/10 P, República Italiana/Comisión Europea, el Parlamento Europeo está obligado a justificar la limitación de la elección de la segunda lengua a un número restringido de lenguas oficiales de la Unión. Así pues, se informa a los candidatos de que las dos lenguas 2 elegidas para el presente procedimiento de selección, a saber, el inglés y el francés, se han determinado en función del interés del servicio, que exige que los nuevos agentes sean operativos inmediatamente y puedan comunicar con eficacia en su trabajo cotidiano, ya que estas dos lenguas (y concretamente el inglés) son las más usuales en el ámbito especializado en cuestión. Habida cuenta de la larga tradición del Parlamento Europeo en lo tocante a las lenguas de comunicación interna, así como de las necesidades de los servicios en materia de comunicación externa y de tramitación de expedientes, el inglés y el francés son las lenguas más utilizadas. Además, en los informes de calificación de 2016, las dos lenguas más utilizadas por el personal para desempeñar sus funciones, tal como indican sus evaluadores, eran el inglés (95 %) y el francés (90 %). Por consiguiente, al ponderar el interés del servicio y las necesidades y aptitudes de los candidatos, está justificado exigir que se sepa una de esas dos lenguas para garantizar que, independientemente de cuál sea su primera lengua oficial, todos los candidatos dominen al menos una de esas dos lenguas oficiales. Por otra parte, y en aras de la igualdad de trato, todos los candidatos, incluidos los que tengan una de esas dos lenguas como primera lengua oficial, estarán obligados a poseer un conocimiento satisfactorio de una segunda lengua, que deberá ser la otra de esas dos. De esta manera, la valoración de las competencias específicas permitirá al Parlamento Europeo evaluar la aptitud de los candidatos para ser operativos inmediatamente en un entorno similar a aquel en el que habrán de trabajar.

El procedimiento será un concurso-oposición (cualificaciones y pruebas).

El comité de selección examinará el expediente de candidatura de los candidatos que

— reúnan las condiciones generales de admisión,

— hayan presentado su candidatura con arreglo a las modalidades establecidas y dentro del plazo indicado,

teniendo presentes las condiciones específicas de admisión.

Se admitirá al procedimiento de selección a los candidatos que reúnan las condiciones específicas de admisión.

Para ello, el comité se basará exclusivamente en los datos indicados en el impreso de candidatura, que debe ir acompañado de...

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