Reglamento (CE) nº 2026/2006 de la Comisión, de 22 de diciembre de 2006, que modifica el Reglamento (CE) nº 2368/2002 del Consejo por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 2026/2006 DE LA COMISIÓN de 22 de diciembre de 2006 que modifica el Reglamento (CE) no 2368/2002 del Consejo por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2368/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto (1), y, en particular, sus artículos 19 y 20,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 20 del Reglamento (CE) no 2368/2002 prevé la modificación de la lista de los participantes en el sistema de certificación del proceso de Kimberley incluida en el anexo II.

(2) Bulgaria y Rumanía figuran como participantes del sistema de certificación del proceso de Kimberley en el anexo II.

(3) Como consecuencia de su adhesión a la Unión Europea el 1 de enero de 2007, Bulgaria y Rumanía dejarán de ser participantes del sistema de certificación del proceso de Kimberley por derecho propio el 31 de diciembre de 2006 y deberán, por lo tanto, desaparecer de la lista de participantes.

(4) Procede modificar el anexo II en consecuencia.

(5) El artículo 19 del Reglamento (CE) no 2368/2002 estipula que los Estados miembros podrán designar autoridades comunitarias para cumplir las tareas estipuladas en dicho Reglamento, y confía a la Comisión el mantenimiento de una lista de autoridades comunitarias en el anexo III.

(6) Bélgica y Alemania han informado a la Comisión de cambios en los datos de sus autoridades comunitarias respectivas.

(7) Procede modificar el anexo III en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (CE) no 2368/2002 queda sustituido por el texto en el anexo 1 del presente Reglamento.

Artículo 2

El anexo III del Reglamento (CE) no 2368/2002 queda sustituido por el texto en el anexo 2 del presente Reglamento.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2007.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 2006.

Por la Comisión Benita FERRERO-WALDNER Miembro de la Comisión ES29.12.2006 Diario Oficial de la Unión Europea L 384/85 (1) DO L 358 de 31.12.2002, p. 28. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1636/2006 de la Comisión (DO L 306 de 7.11.2006, p. 10).

ANEXO I 'ANEXO II Lista de los participantes en el sistema de certificación del proceso de Kimberley y de sus autoridades...

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