Asunto C-419/04: Petición de decisión prejudicial planteada mediante resolución de la Cour d'appel de Poitiers (2ème chambre civile), de fecha 21 de septiembre de 2004, en el asunto Conseil général de la Vienne contra Directeur général des douanes et droits indirects

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Petición de decisión prejudicial planteada mediante resolución del Tribunal du travail de Bruxelles (Sala Decimoséptima), de fecha 8 de septiembre de 2004, en el asunto entre el Sr. Gérald De Cuyper y Office National de l'Emploi (Asunto C-406/04) (2004/C 284/21) Al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas le ha sido sometida una petición de decisión prejudicial mediante resolución del Tribunal du travail de Bruxelles (Sala Decimoséptima), dictada el 8 de septiembre de 2004, en el asunto entre el Sr.

Gérald De Cuyper y Office National de l'Emploi, y recibida en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 23 de septiembre de 2004.

El Tribunal du travail de Bruxelles (Sala Decimoséptima) solicita al Tribunal de Justicia que se pronuncie sobre las siguientes cuestiones:

La obligación de residir de manera efectiva en Bélgica, a la que el artículo 66 del Real Decreto de 25 de noviembre de 1991 sobre la normativa del desempleo supedita la concesión de las prestaciones, aplicada a un desempleado de edad avanzada de más de 50 años que haya obtenido, con arreglo al artículo 89 de dicho Real Decreto, una dispensa de la obligación de control que supone la exoneración del requisito relativo a la disponibilidad en el mercado laboral, ¿no constituye un obstáculo a la libertad de circulación y de residencia reconocida a todo ciudadano europeo en los artículos 17 y 18 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea? Dicha obligación de residencia en el territorio nacional del Estado competente para la concesión de las prestaciones por desempleo, justificada en Derecho interno por las necesidades del control del cumplimiento de los requisitos legales de indemnización de los desempleados, ¿cumple la exigencia de proporcionalidad a la que debe responder la persecución de dicho objetivo de interés general, por cuanto constituye una limitación a la libertad de circulación y de residencia reconocida a todo ciudadano europeo en los artículos 17 y 18 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea? Dicha obligación de residencia, ¿no tiene por efecto establecer una discriminación entre los ciudadanos europeos nacionales del Estado miembro competente para garantizar la concesión de las prestaciones por desempleo, al reconocer dicho derecho a los que no hacen uso de su derecho a libre circulación y de residencia reconocidos en los artículos 17 y 18 del Tratado, al mismo tiempo que lo deniega a los que pretenden ejercerlo, por el efecto disuasorio que dicha...

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