Decisión de la Comisión, de 30 de octubre de 2009, que modifica la Decisión 2004/432/CE, por la que se aprueban planes de vigilancia presentados por terceros países relativos a los residuos, de conformidad con la Directiva 96/23/CE del Consejo [notificada con el número C(2009) 8347]

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

31.10.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 285/43

ES

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 30 de octubre de 2009

que modifica la Decisión 2004/432/CE, por la que se aprueban planes de vigilancia presentados por terceros países relativos a los residuos, de conformidad con la Directiva 96/23/CE del Consejo

[notificada con el número C(2009) 8347]

(Texto pertinente a efectos del EEE) (2009/800/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 96/23/CE del Consejo, de 29 de abril de 1996, relativa a las medidas de control aplicables respecto de determinadas sustancias y sus residuos en los animales vivos y sus productos y por la que se derogan las Directivas 85/358/CEE y 86/469/CEE y las Decisiones 89/187/CEE y 91/664/CEE

( 1 ), y, en particular, su artículo 29, apartado 1, párrafo cuarto,

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 96/23/CE establece medidas de control relativas a las sustancias y a los grupos de residuos enumerados en su anexo I. Con arreglo a la Directiva 96/23/CE, la admisión y el mantenimiento en las listas de terceros países de los cuales los Estados miembros están autorizados a importar animales y productos primarios de origen animal incluidos en el ámbito de aplicación de dicha Directiva quedan subordinados a la presentación por parte de los terceros países interesados de un plan en el que precisen las garantías que ofrecen en cuanto a la vigilancia de los grupos de residuos y sustancias enumerados en dicho anexo. Tales planes han de ser actualizados a solicitud de la Comisión, particularmente cuando así lo requieran determinados controles.

(2) En la Decisión 2004/432/CE de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por la que se aprueban los planes de vigilancia presentados por terceros países relativos a los residuos, de conformidad con la Directiva 96/23/CE del Consejo

( 2

), se aprueban los planes de vigilancia de residuos presentados por determinados terceros países que figuran en la lista del anexo de dicha Decisión para los animales y los productos primarios de origen animal indicados en dicha lista.

(3) Belice, Camerún y la Polinesia Francesa han presentado a la Comisión planes de vigilancia de residuos en la miel. La evaluación de estos planes y la información adicional obtenida por la Comisión aportan garantías suficientes sobre los planes de vigilancia de residuos presentados por estos países con respecto a la miel. Por tanto, pro cede incluir este producto en la inscripción relativa a cada uno de estos terceros países en la lista del anexo de la Decisión 2004/432/CE.

(4) Montenegro figura actualmente en el anexo de la Decisión 2004/432/CE para bovinos, ovinos y caprinos, porcinos, équidos y miel. Su inscripción es provisional, a la espera de disponer de más información sobre residuos.

(5) Montenegro ha presentado a la Comisión un plan actualizado de vigilancia de residuos en bovinos, ovinos y caprinos, porcinos, aves de corral, productos de la acuicultura, huevos y miel. La evaluación de dicho plan y la información adicional transmitida a la...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT