Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 1214/2007 de la Comisión, de 20 de septiembre de 2007, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) nº 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común ( DO L 286 de 31.10.2007)
Section | Reglamento |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
CORRECCIÓN DE ERRORES Corrección de errores del Reglamento (CE) no 1214/2007 de la Comisión, de 20 de septiembre de 2007, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (Diario Oficial de la Unión Europea L 286 de 31 de octubre de 2007) En la página 6, capítulo 54:
en lugar de: 'Filamentos sintéticos o artificiales', léase: 'Filamentos sintéticos o artificiales; tiras y formas similares de materia textil sintética o artificial'.
En la página 54:
se elimina: la nota 3 a pie de página;
en la tercera columna, en la línea correspondiente al código NC 0304 19 99:
en lugar de: '15 (2) (3)', léase: '15 (2)'.
En la página 56:
se añade la siguiente nota a pie de página:
'(3) Tipo del derecho aplicable reducido del 11,4 % hasta el 16 de diciembre de 2009 [Reglamento (CE) no 1839/2006 del Consejo (DO L 355 de 15.12.2006, p. 1)].';
en la tercera columna, en la línea correspondiente al código NC 0304 29 99:
en lugar de:: '15 (1)', léase: '15 (1) (3)'.
En la página 80, en la nota 3 a pie de página:
en lugar de: '-- Del 1 de enero al 31 de marzo: 10,4 MIN 1,3 kg/br EUR 100.
-- Del 1 de abril al 30 de noviembre: 12 MIN 2 kg/br EUR 100.
-- Del 1 al 31 de diciembre: 10,4 MIN 1,3 kg/br EUR 100.', léase: '-- Del 1 de enero al 31 de marzo: 10,4 MIN 1,3 EUR/100 kg/br.
-- Del 1 de abril al 30 de noviembre: 12 MIN 2 EUR/100 kg/br.
-- Del 1 al 31 de diciembre: 10,4 MIN 1,3 EUR/100 kg/br.'.
En la página 118, en la tercera columna:
en la línea correspondiente al código NC 1511 90 11:
en lugar de: '12,8 (1)', léase: '12,8';
en la línea correspondiente al código NC 1511 90 19:
en lugar de: '10,9', léase: '10,9 (1)'.
En la página 559, en la nota de subpartida 1:
en lugar de: '1. La subpartida 8527 12 comprende únicamente los reproductores de casetes (tocacasetes) y los radiocasetes, con amplificador incorporado y sin altavoz (altoparlante) incorporado, que puedan funcionar sin fuente de energía eléctrica exterior y cuyas dimensiones sean inferiores o iguales a 170 mm × 100 mm × 45 mm.', léase: '1. La subpartida 8527 12 comprende únicamente...
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