93 Armas y municiones, y sus partes y accesorios

722 ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 30. 10. 98

SECCIÓN XIX ARMAS Y MUNICIONES, Y SUS PARTES Y ACCESORIOS CAPÍTULO 93

ARMAS Y MUNICIONES, Y SUS PARTES Y ACCESORIOS Notas 1. Este capítulo no comprende:

  1. los cebos y cápsulas fulminantes, los detonadores, los cohetes de señales o granífugos y demás artículos del capítulo 36;

  2. las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la nota 2 de la sección XV, de metales comunes (sección XV), y los artículos similares de plástico (capítulo 39);

  3. los carros de combate y automóviles blindados (partida 8710);

  4. las miras telescópicas y demás dispositivos ópticos, salvo si están montados en las armas o se presentan sin montar con las armas a las cuales se destinan (capítulo 90);

  5. las ballestas, arcos y flechas para tiro, las armas embotonadas para esgrima y las armas de juguete (capítulo 95);

  6. las armas y municiones que tengan el carácter de objetos de colección o de antigüedad (partidas 9705 ó 9706).

2. En la partida 9306, el término 'partes' no comprende los aparatos de radio o de radar de la partida 8526.

Código NC Designación de la mercancia Tipo de los derechos Unidad suplementariaautónomos (%) convencionales (%) 1 2 3 4 5

9301 00 00 Armas de guerra (excepto los revólveres, pistolas y armas blancas). . exención exención -9302 00 Revólveres y pistolas (excepto los de las partidas 9303 ó 9304):

9302 00 10 - De calibre 9 mm o de calibres superiores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 2,7 p/st 9302 00 90 - Los demás . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16 2,7 p/st 9303 Las demás armas de fuego y artefactos similares que utilicen la deflagración de pólvora (por ejemplo: armas de caza, armas de avancarga, pistolas lanzacohetes y demás artefactos concebidos únicamente para lanzar cohetes de señalización, pistolas y revólveres de fogueo, pistolas de matarife, cañones lanzacabo):

9303 10 00 - Armas de avancarga . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18 3,2 p/st 9303 20 - Las demás armas largas de caza o tiro deportivo con por lo menos, un cañón de ánima lisa:

9303 20 10 - - Con un cañón de ánima lisa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18 3,2 p/st 9303 20 95 - - Las demás. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18 3,2 p/st 9303 30 00 - Las demás armas largas de caza o de tiro...

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