Reglamento (UE) nº 1217/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la asignación de contingentes arancelarios aplicables a las exportaciones de madera de la Federación de Rusia a la Unión Europea

SectionReglamento
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

L 351/34 Diario Oficial de la Unión Europea 20.12.2012

ES

REGLAMENTO (UE) N o 1217/2012 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

de 12 de diciembre de 2012

relativo a la asignación de contingentes arancelarios aplicables a las exportaciones de madera de la Federación de Rusia a la Unión Europea

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 207,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario

( 1 ),

Considerando lo siguiente:

(1) Habida cuenta de la importancia económica que revisten para la Unión las importaciones de madera en bruto y la Federación de Rusia como proveedor de dicha madera, la Comisión negoció con la Federación de Rusia el compromiso de que esta reduzca o elimine los derechos sobre las exportaciones de madera en bruto.

(2) Dicho compromiso, que pasó a formar parte de la lista de concesiones y compromisos sobre las mercancías que la Federación de Rusia presentó a la Organización Mundial del Comercio (OMC) con motivo de su adhesión a esta organización, incluye contingentes arancelarios para la exportación de tipos específicos de madera de coníferas, de los que una parte ha sido asignada a la Unión.

(3) En el marco de las negociaciones relativas a la adhesión de la Federación de Rusia a la OMC, la Comisión, en nombre de la Unión, negoció un acuerdo en forma de canje de notas entre la Unión Europea y la Federación de Rusia, relativo a la gestión de dichos contingentes arancelarios aplicables a las exportaciones de madera de la Federación de Rusia a la Unión Europea

( 2 ) (en lo sucesivo, «el Acuerdo»).

(4) La Unión y la Federación de Rusia negociaron asimismo un protocolo sobre las modalidades técnicas de conformidad con el Acuerdo

( 3 ) (en lo sucesivo, «el Protocolo»).

(5) El 14 de diciembre de 2011, el Consejo adoptó la Decisión 2012/105/UE

( 4

), por la que se autoriza la firma del Acuerdo y del Protocolo y su aplicación provisional a partir de la fecha de adhesión de la Federación de Rusia a la OMC. El Acuerdo y el Protocolo se firmaron el 16 de diciembre de 2011. La Federación de Rusia se adhirió a la OMC el 22 de agosto de 2012.

(6) De conformidad con los términos del Acuerdo, la Unión debe gestionar con arreglo a sus procedimientos internos la parte de los...

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