Decisión del Consejo, de 27 de marzo de 2003, relativa a la firma y celebración de un Protocolo de adaptación de los aspectos comerciales del Acuerdo Europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Polonia, por otra, a fin de atender al resultado de las...

SectionAcuerdo
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

II (Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad) CONSEJO DECISIÓN DEL CONSEJO de 27 de marzo de 2003 relativa a la firma y celebración de un Protocolo de adaptación de los aspectos comerciales del Acuerdo Europeo por el quese crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Polonia, por otra, a fin de atender al resultado de las negociaciones entre las Partes sobre nuevas concesiones agrícolas recíprocas (2003/263/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 133, juntamente con la primera frase del párrafo primero del apartado 2 del artículo 300,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) El Acuerdo Europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Polonia, por otra (1), denominado en lo sucesivo el Acuerdo Europeo,

prevé el establecimiento de concesiones comerciales recíprocas para determinados productos agrícolas.

(2) El apartado 5 del artículo 20 del Acuerdo Europeo establece que la Comunidad y Polonia examinarán, producto por producto y sobre una base metódica y recíproca, las posibilidades de otorgarse mutuamente más concesiones.

(3) Las primeras mejoras del régimen preferencial del Acuerdo Europeo se establecieron en el Protocolo para la adaptación de los aspectos comerciales del Acuerdo Europeo para tener en cuenta la adhesión de la República de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia a la Unión Europea, así como los resultados de las negociaciones agrícolas de la Ronda Uruguay,

incluidas las mejoras del régimen preferencial existente,

aprobado mediante la Decisión 2002/63/CE (2).

(4) También se aportaron mejoras al régimen preferencial como resultado de las negociaciones para liberalizar los intercambios agrícolas concluidas en 2000. Por parte de laComunidad, las mejoras se concretaron a partir del 1 de enero de 2001 mediante el Reglamento (CE) no 2851/ 2000 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, por el que se establecen determinadas concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas y, con carácter autónomo y transitorio, el ajuste de determinadas concesiones agrícolas previstas en el...

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