Asunto C-220/17: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Berlin (Alemania) el 27 de abril de 2017 — Planta Tabak-Manufaktur Dr. Manfred Obermann GmbH & Co. KG/Land Berlin

Sectioninformación judicial

24.7.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 239/25

Lengua de procedimiento: alemán

Verwaltungsgericht Berlin

Demandante: Planta Tabak-Manufaktur Dr. Manfred Obermann GmbH & Co. KG

Demandada: Land Berlin

1) a) ¿Son nulos los apartados 1 y 7 del artículo 7 de la Directiva 2014/40/UE (1) en relación con el apartado 14 del mismo artículo 7 de esta Directiva, por vulnerar el principio de seguridad jurídica, al imponer a los Estados miembros la obligación de prohibir la comercialización de determinados productos del tabaco sin indicar claramente cuáles exactamente de esos productos del tabaco han de quedar prohibidos desde el 20 de mayo de 2016 y cuáles sólo a partir del 20 de mayo de 2020

  1. ¿Son nulos los apartados 1 y 7 del artículo 7 de la Directiva 2014/40/UE en relación con el apartado 14 del mismo artículo 7 de esta Directiva, por vulnerar el principio de igualdad de trato, al diferenciar según el volumen de ventas en lo que respecta a las prohibiciones que han de establecer los Estados miembros sin que exista base alguna que lo justifique

  2. ¿Son nulos los apartados 1 y 7 del artículo 7 de la Directiva 2014/40/UE por vulnerar el principio de proporcionalidad o por infringir el artículo 34 TFUE, al imponer a los Estados miembros la obligación de prohibir ya desde el 20 de mayo de 2016 la comercialización de productos del tabaco con aroma característico cuyas ventas a escala de la Unión representen menos del 3 % de una categoría de producto particular

  3. En caso de respuesta negativa a las preguntas a), b) y c): ¿Qué debe entenderse por el término «categoría de producto» del artículo 7, apartado 14, de la Directiva 2014/40/UE ¿La división en «categorías de producto» debe efectuarse atendiendo a la clase de aroma característico o a la clase de producto del tabaco (aromatizado), o a una combinación de ambos criterios

  4. En caso de respuesta negativa a las preguntas a), b) y c): ¿Cómo debe determinarse si se ha alcanzado el umbral del 3 % establecido en el artículo 7, apartado 14, de la Directiva 2014/40/UE respecto de un producto del tabaco determinado, cuando no existen al respecto cifras ni estadísticas oficiales y accesibles al público

    2) a) ¿Están facultados los Estados miembros, a la hora de trasponer los artículos 8 a 11 de la directiva 2014/40/UE, para adoptar en el Derecho nacional disposiciones transitorias complementarias

  5. En caso de respuesta negativa a la pregunta 2.a): 1) ¿Son nulos los artículos 9, apartado 6, y 10, apartado...

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