Asunto C-430/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 1 de febrero de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por la Supreme Court of the United Kingdom — Reino Unido) — Secretary of State for Work and Pensions/Tolley [Procedimiento prejudicial — Seguridad social — Reglamento (CEE) n.° 1408/71 — Componente de «dependencia» del subsidio de subsistencia para minusválidos (disability living allowance) — Persona asegurada contra el riesgo de vejez que ha abandonado definitivamente toda actividad profesional — Conceptos de «prestación de enfermedad» y de «prestación de invalidez» — Exportabilidad]

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

3.4.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 104/17

Lengua de procedimiento: inglés

Supreme Court of the United Kingdom

Demandante: Secretary of State for Work and Pensions

Demandada: Tolley

1) Una prestación como el componente de dependencia del subsidio de subsistencia para minusválidos (disability living allowance) constituye una prestación de enfermedad en el sentido del Reglamento (CEE) n.o 1408/71 del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad, en su versión modificada y actualizada por el Reglamento (CE) n.o 118/97 del Consejo, de 2 de diciembre de 1996, tal como fue modificado por el Reglamento (CE) n.o 307/1999 del Consejo, de 8 de febrero de 1999.

2) El artículo 13, apartado 2, letra f), del Reglamento n.o 1408/71, en su versión modificada y actualizada por el Reglamento n.o 118/97, tal como fue modificado por el Reglamento n.o 307/1999, debe interpretarse en el sentido de que el hecho de que una persona haya adquirido derechos a una pensión de vejez por las cotizaciones abonadas durante un determinado período al régimen de seguridad social de un Estado miembro no impide que la legislación de este Estado miembro pueda dejar de ser aplicable posteriormente a esta persona. Corresponde al órgano jurisdiccional nacional determinar, a la vista de las circunstancias del litigio del que conoce y de las disposiciones del Derecho nacional...

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