Asunto C-47/14: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 10 de septiembre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — Holterman Ferho Exploitatie BV, Ferho Bewehrungsstahl GmbH, Ferho Vechta GmbH, Ferho Frankfurt GmbH/Friedrich Leopold Freiherr Spies von Büllesheim [Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia civil — Competencia judicial y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil — Reglamento (CE) no 44/2001 — Artículo 5, punto 1 — Competencia en materia contractual — Artículo 5, punto 3 — Competencia en materia delictual — Artículos 18 a 21 — Contrato individual de trabajo — Contrato de director de una sociedad — Rescisión del contrato —...

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationTribunal de Justicia

3.11.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 363/8

Lengua de procedimiento: neerlandés

Hoge Raad der Nederlanden

Demandantes: Holterman Ferho Exploitatie BV, Ferho Bewehrungsstahl GmbH, Ferho Vechta GmbH, Ferho Frankfurt GmbH

Demandada: Friedrich Leopold Freiherr Spies von Büllesheim

1) En una situación como la del litigio principal, en la que una sociedad demanda a una persona que ha desempeñado las funciones de director y administrador de dicha sociedad con el fin de que quede constancia de las faltas cometidas por dicha persona en el desempeño de sus funciones y de obtener resarcimiento, las disposiciones del capítulo II, sección 5 (artículos 18 a 21), del Reglamento (CE) no 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a la aplicación del artículo 5, puntos 1 y 3, de ese Reglamento siempre que la persona, en su condición de director y de administrador, haya realizado durante cierto tiempo, en favor de dicha sociedad y bajo la dirección de ésta, determinadas prestaciones a cambio de las cuales percibía una retribución, extremo que corresponderá comprobar al órgano jurisdiccional remitente.

2) El artículo 5, punto 1, del Reglamento no 44/2001 debe interpretarse en el sentido de que la acción entablada por una sociedad contra su antiguo administrador por un presunto incumplimiento por parte de éste de sus obligaciones societarias se incluye en el concepto de «materia contractual». En...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT