Asunto C-558/14: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 21 de abril de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco) — Mimoun Khachab/Subdelegación del Gobierno de Álava [Procedimiento prejudicial — Directiva 2003/86/CE — Artículo 7, apartado 1, letra c) — Reagrupación familiar — Requisitos exigidos para el ejercicio del derecho a la reagrupación familiar — Recursos fijos y regulares suficientes — Normativa nacional que permite una valoración prospectiva de la probabilidad de que el reagrupante mantenga sus recursos — Compatibilidad]

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

13.6.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 211/16

Lengua de procedimiento: español

Tribunal Superior de Justicia del País Vasco

Demandante: Mimoun Khachab

Demandada: Subdelegación del Gobierno de Álava

El artículo 7, apartado 1, letra c), de la Directiva 2003/86/CE del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre el derecho a la reagrupación familiar, debe interpretarse en el sentido de que permite a las autoridades competentes de un Estado miembro fundamentar la denegación de una solicitud de reagrupación familiar en una valoración prospectiva de la probabilidad de mantenimiento o no de los recursos fijos y regulares suficientes de los que debe disponer el reagrupante para su propia manutención y la de los miembros de su...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT