Asunto C-558/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 15 de diciembre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal da Relação do Porto — Portugal) — Alberto José Vieira de Azevedo y otros/CED Portugal Unipessoal, Lda, e Instituto de Seguros de Portugal — Fundo de Garantia Automóvel (Procedimiento prejudicial — Seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles y control de la obligación de asegurar esta responsabilidad — Directiva 2000/26/CE — Artículo 4, apartado 5 — Entidad aseguradora — Representante para la tramitación y liquidación de siniestros — Facultades suficientes de representación procesal — Legitimación pasiva ante los órganos jurisdiccionales)

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

13.2.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 46/7

Lengua de procedimiento: portugués

Tribunal da Relação do Porto

Demandantes: Alberto José Vieira de Azevedo, Maria da Conceição Ferreira da Silva, Carlos Manuel Ferreira Alves, Rui Dinis Ferreira Alves y Vítor José Ferreira Alves

Demandadas: CED Portugal Unipessoal, Lda, e Instituto de Seguros de Portugal — Fundo de Garantia Automóvel

con intervención de: Instituto de Seguros de Portugal — Fundo de Acidentes de Trabalho

El artículo 4 de la Directiva 2000/26/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de mayo de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos automóviles y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE y 88/357/CEE del Consejo (Cuarta Directiva sobre el seguro de vehículos automóviles), en la redacción que le dio la Directiva 2005/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, debe interpretarse en el sentido de que no exige que...

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