Asunto C-691/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Juge d’instruction du tribunal de grande instance de Paris (Francia) el 29 de octubre de 2018 — Proceso penal contra Y

SectionSerie C

28.6.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 252/3

1) El artículo 3, número 10, del Reglamento (CE) n.o 715/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2007, sobre la homologación de tipo de los vehículos de motor por lo que se refiere a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 5 y Euro 6) y sobre el acceso a la información relativa a la reparación y el mantenimiento de los vehículos, (1) debe interpretarse en el sentido de que constituye un «elemento de diseño», en el sentido de la referida disposición, un programa informático que está incorporado en el calculador de control del motor o que actúa sobre él, cuando actúa sobre el funcionamiento del sistema de control de las emisiones y reduce su eficacia.

2) El artículo 3, número 10), del Reglamento n.o 715/2007 debe interpretarse en el sentido de que están comprendidas dentro del concepto de «sistema de control de las emisiones», en el sentido de la mencionada disposición, tanto las tecnologías y la estrategia denominada como «postratamiento de los gases de escape», que reducen las emisiones a posteriori, es decir, después de su formación, como las que, como el sistema de recirculación de los gases de escape, reducen las emisiones previamente, es decir, cuando se forman.

3) El artículo 3, número 10), del Reglamento n.o 715/2007 debe interpretarse en el sentido de que constituye un «dispositivo de desactivación», en el sentido de dicha disposición, un dispositivo que detecta todos los parámetros vinculados a...

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