Asunto T-419/11: Recurso interpuesto el 29 de julio de 2011 — Elliniká Touristiká Akínita/Comisión

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 282/43

9) En relación con el procedimiento de conciliación del artículo 41 del Reglamento del Personal, el recurrente sostiene que no se trata de un requisito procesal, y que sin embargo el Tribunal de la Función Pública pretende asimilarlo ilegalmente al recurso administrativo que están obligados a interponer todos los empleados públicos de la Unión, que sí que es obligatorio y marca el límite del sucesivo recurso judicial.

10) Sobre la impugnación de la negativa a incoar el mencionado procedimiento de conciliación, el recurrente considera ilegal la decisión del Tribunal de la Función Pública porque el Banco no puede rechazarla nunca.

De ello se deriva, por una parte, que ninguna motivación puede sostener legítimamente esa negativa y, por otra, que si se estima la pretensión del empleado, deberá imputarse al Banco una responsabilidad agravada y condenarlo ineludiblemente al pago de las costas procesales.

En lo que atañe a la negativa implícita a rembolsar el gasto del tratamiento láser, De Nicola sostiene que la inexistencia de motivación es un signo indudable de exceso de poder, dado que el reembolso sólo puede denegarse en tres casos, mientras que la inexistencia de un acto formal representa una nulidad absoluta, recurrible por ello en cualquier momento.

12) Por último, debe considerarse necesariamente ilegal la decisión mediante la cual el Tribunal de la Función Pública no se pronunció por considerar que no contaba con los elementos precisos.

  1. Sobre la pretensión de condena.

13) El Tribunal de la Función Pública declaró el recurso inadmisible por litispendencia, cuando el vicio de litispendencia no está previsto entre los vicios sustanciales de forma establecidos. Asimismo, no explicó cómo puede existir identidad de recursos entre un litigio que pende en primera instancia y uno pendiente en apelación, ni declaró cómo y quién probó los elementos fácticos en los que se basa esa decisión.

14) Por último, el recurrente considera que la estimación del recurso y la casación de la sentencia exigen una nueva decisión sobre las costas, incluidas las correspondientes a la primera instancia.

Recurso interpuesto el 29 de julio de 2011 - Elliniká Touristiká Akínita/Comisión

(Asunto T-419/11)

(2011/C 282/80)

Lengua de procedimiento: griego

Elliniká Touristiká Akínita A.E. (Atenas) (representante: N. Fragkákis, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General...

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