Asunto T-152/13: Recurso interpuesto el 15 de marzo de 2013 — Sea Handling/Comisión

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 4.5.2013

Motivos invocados:

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento 207/2009

- Infracción del artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento n o 207/2009

Recurso interpuesto el 15 de marzo de 2013 - Sea Handling/Comisión

(Asunto T-152/13)

(2013/C 129/53)

Lengua de procedimiento: italiano

Sea Handling SpA (Somma Lombardo, Italia) (representantes: B. Nascimbene, F. Rossi dal Pozzo, M. Merla y L. Cappelletti, abogados)

Comisión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión impugnada, mediante la cual la Comisión declaró las medidas adoptadas por SEA, en forma de aumento de capital, en favor de SEA Handling, ayudas de Estado incompatibles con el mercado común y ordenó su recuperación.

- Con carácter subsidiario, anule el artículo 3 de la decisión impugnada, mediante el cual la Comisión ordenó la recuperación de las supuestas ayudas de Estado.

Condene a la Comisión al pago de las costas procesales.

Motivos y principales alegaciones

La decisión impugnada en el presente asunto es la misma que en el asunto T-125/13, República Italiana/Comisión.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis moPrimer motivo, basado en vicios de procedimiento.

- A este respecto se alega la infracción del Reglamento (CE) n o 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (DO L 83, p. 1) y el menoscabo de los derechos procesales de SEA Handling, así como un defecto de instrucción con respecto al ám

bito del período investigado, debido a la falta de investigación y de valoración preliminar con respecto al período 2006-2010.

- Se alega también la vulneración de los principios de seguridad jurídica y de buena administración en relación con la duración del procedimiento y en particular con la duración injustificadamente excesiva de la investigación previa.

2) Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 107 TFUE, apartado 1, en relación con la implicación de recursos públicos.

- A este respecto se alega una falta de motivación y de instrucción en relación con la falta de carga para el erario del Estado, y que no ha quedado acreditada la disponibilidad de recursos por parte del Estado.

3) Tercer motivo, basado en la infracción del artículo 107 TFUE, apartado 1, en relación con la imputabilidad.

- En opinión de la demandante, la decisión impugnada no se basó en un examen...

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