Asunto T-152/12: Recurso interpuesto el 4 de abril de 2012 — Deutsche Post/Comisión

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 9.6.2012

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca los siguienInfracción del artículo 220, apartado 2, letra b), del Código Aduanero

- La demandante impugna la valoración efectuada por la Comisión en el sentido de que en el presente caso las autoridades aduaneras alemanas incurrieron en error.

- En todo caso, la demandante no estaba en condiciones de detectar el (supuesto) error. A la demandante, de buena fe y experimentada, no puede reprocharse ninguna negligencia. Ésta puede alegar confianza legítima, habida cuenta de la compleja situación jurídica y de la práctica plurianual de las autoridades alemanas.

Infracción del artículo 239 del Código Aduanero

- La Comisión incurrió en un error jurídico de forma, al denegar la exención de los derechos de importación con arreglo al artículo 239 del Código Aduanero mediante una mera referencia al artículo 220, apartado 2, letra), del Código Aduanero sin disponer de ningún tipo de prueba independiente.

- Al respecto, la Comisión también incurrió en un error material de Derecho, al no tener en cuenta que concurrían las «circunstancias particulares» a las que hace referencia el artículo 239 del Código Aduanero y que se cumplían los requisitos para la exención que establece dicha disposición.

Vulneración de principios generales de Derecho

Además, la demandante reprocha a la Comisión que mediante la Decisión impugnada vulneró los principios de Derecho primario de confianza legítima, de proporcionalidad, de buena administración y de igualdad de trato.

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

- Anule los artículos 1, 2 y 4 a 6 de la Decisión de la Comisión Europea de 25 de enero de 2012 relativa a la ayuda C 36/2007 (ex NN 25/2007) concedida por Alemania a Deutsche Post AG [COM(2012) 184 final].

- Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca un total de trece motivos.

  1. En apoyo de su pretensión de anulación de los artículos 1 y 4 a 6 de la Decisión de la Comisión de 25 de enero de 2012 la demandante alega diez motivos de recurso:

    1) Primer motivo, basado en la infracción del artículo 107 TFUE, apartado 1,

    al haber calificado de ayuda, de manera indebida y en contradicción con la jurisprudencia contenida en la sentencia «Combus» del Tribunal General, ( 1

    ) financiación parcial estatal de pensiones adeudadas por una antigua empresa estatal:

    2) Segundo motivo...

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