Asunto T-269/11: Recurso interpuesto el 23 de mayo de 2011 — Xeda International/Comisión

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 211/31

El Tribunal no se pronunció sobre la primera de estas peLa segunda fue desestimada después de haberla deformado, ya que el recurrente solicitó una determinada indemnización, a raíz de la conducta ilícita del BEI, con independencia de la calificación que se haga de dicha conducta como consecuencia de la solicitud de tratamiento unitario.

En cualquier caso, no considera que la demanda sea inadmisible porque no existe un «acto lesivo» al cual pueda vincularse una pretensión indemnizatoria. Ello es debido a que, en la medida en que la relación laboral tiene efectivamente carácter privado, se están discutiendo hechos ilícitos y no meramente actos.

La tercera pretensión fue desestimada por cuanto el Tribunal consideró erróneamente que el recurrente no había solicitado la condena del BEI al pago de las costas.

Recurso interpuesto el 24 de mayo de 2011 - Video Research USA/OAMI (VR)

(Asunto T-267/11)

(2011/C 211/65)

Lengua de procedimiento: inglés

Video Research USA, Inc. (Nueva York, EE. UU.) (representante: B. Brandreth, Barrister)

Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

- Anule la Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la de Armonización del Mercado Interior (Marcas,

Dibujos y Modelos), de 8 de marzo de 2011, en el asunto R 1187/2010-2.

- Devuelva el asunto a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) con la recomendación de que se conceda la restitutio in integrum en relación con la solicitud de marca comunitaria n o 919.324.

Condene a la demandada a pagar las costas causadas tanto ante la Sala de Recurso como ante el Tribunal General.

Motivos y principales alegaciones

Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa «VR» - Registro de marca comunitaria n o 919.324.

Resolución del examinador: Desestimación de la solicitud de restitutio in integrum y confirmación de la cancelación del registro de marca comunitaria n o 919.324.

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.

Motivos invocados: Infracción del artículo 81 del Reglamento n o 207/2009 del Consejo, al haber incurrido la Sala de Recurso en un error en la aplicación de este artículo y en la determinación de los hechos al declarar que los representantes de la demandante no habían observado toda la diligencia requerida por las circunstancias.

Recurso interpuesto el 23 de mayo de 2011 - Xeda...

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