Asunto T-342/17: Recurso interpuesto el 30 de mayo de 2017 — Deutsche Lufthansa y otros/Comisión

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

24.7.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 239/63

Lengua de procedimiento: inglés

Demandantes: Deutsche Lufthansa AG (Colonia, Alemania), Lufthansa Cargo AG (Fráncfort del Meno, Alemania), Swiss International Air Lines AG (Basilea, Suiza) (representante: S. Völcker, abogado)

Demandada: Comisión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

— Anule el artículo 1 de la Decisión C(2017) 1742 final de la Comisión, de 17 de marzo de 2017, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 TFUE, el artículo 53 del Acuerdo EEE y el artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo (asunto AT.39258 — Transporte aéreo de mercancías).

— Condene a la Comisión a cargar con las costas, incluidas las de los demandantes.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

  1. Primer motivo, basado en que la Decisión impugnada adolece de una deficiencia de motivación, por no expresar sin ambigüedad el alcance geográfico de la infracción en la parte dispositiva y la motivación.

  2. Segundo motivo, basado en que la decisión impugnada infringe el artículo 11 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo, al estar basada en contactos entre competidores que tuvieron lugar en Suiza y se referían, sobre todo, al transporte aéreo de mercancías entre Suiza y países terceros.

  3. Tercer motivo, basado en que la decisión impugnada vulnera el principio de irretroactividad en la aplicación de las leyes, al basarse en contactos que se referían únicamente a rutas fuera del EEE que tuvieron lugar antes de la entrada en vigor del Reglamento n.o 1/2003. (1)

  4. Cuarto motivo, basado en que la decisión impugnada infringe el artículo 101 TFUE, el 53 del Acuerdo EEE y el artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo, al declarar, sin hacer hecho un análisis adecuado, que contactos que tenían lugar fuera del EEE, contactos relativos a la WOW alliance (alianza entre Japan Airlines Cargo, Lufthansa Cargo, SAS Cargo y Singapore Airlines Cargo) y...

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