Asunto T-420/18: Recurso interpuesto el 10 de julio de 2018 — JPMorgan Chase y Otros/Comisión

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

24.9.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 341/18

Lengua de procedimiento: inglés

Demandantes: JPMorgan Chase & Co. (Nueva York, Nueva York, Estados Unidos), JPMorgan Chase Bank, National Association (Columbus, Ohio, Estados Unidos), y J.P. Morgan Services LLP (Londres, Reino Unido) (representantes: M. Lester, QC, D. Piccinin y D. Heaton, Barristers, N. French, B. Tormey, N. Frey y D. Das, Solicitors)

Demandada: Comisión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

— Anule la Decisión impugnada en su integridad, de modo que no pueda publicarse ninguna versión de la misma que declare la existencia de una infracción hasta que el Tribunal General decida sobre el recurso de anulación.

— Con carácter subsidiario, que se anule parcialmente la Decisión impugnada y se adopten los cambios a su redacción que la Comisión, tal como se expone en los motivos 2 a 4, había denegado anteriormente.

— Condene en costas a la Comisión.

Las partes demandantes solicitan la anulación de la Decisión C(2018) 2745 final de la Comisión, de 27 de abril de 2018, sobre objeciones a la revelación de información mediante publicación que plantearon esas mismas demandantes con arreglo al artículo 8 de la Decisión 2011/695/UE del Presidente de la Comisión Europea, de 13 de octubre de 2011, relativa a la función y el mandato del consejero auditor en determinados procedimientos de competencia [asunto AT.39914 — Derivados de tipos de interés del euro (EIRD)] (DO 2011, L 275, p. 29).

En apoyo a su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

  1. Primer motivo, basado en que la Comisión violó el principio de presunción de inocencia al denegar la petición de las partes demandantes de que se retrasara la publicación de cualquier versión no confidencial de la Decisión de 7 de diciembre de 2016 (1) hasta que se sustanciara el recurso presentado por las partes demandantes ante el Tribunal General solicitando la anulación de dicha Decisión. A su vez, la Decisión de 7 de diciembre de 2016 se adoptó vulnerando la presunción de inocencia, tal como establece la sentencia de 10 de noviembre de 2017, Icap y otros/Comisión (T-180/15, EU:T:2017:795), apartados 253 a 269. Por consiguiente, las partes demandantes se encuentran en la misma posición que un tercero que no es destinatario: no han podido contar con todas las garantías inherentes al ejercicio del derecho de defensa en un procedimiento que siga su curso normal y que concluya con una resolución sobre la...

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