Asunto T-484/18: Recurso interpuesto el 14 de agosto de 2018 — XB/BCE

Sectioninformación judicial

15.10.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 373/14

Lengua de procedimiento: inglés

Demandante: XB (representantes: L. Levi y A. Champetier, abogadas)

Demandada: Banco Central Europeo (BCE)

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

— Anule las resoluciones de 6 de noviembre de 2017 y de 4 de diciembre de 2017 por las que se informó al demandante de que no tenía derecho a determinadas asignaciones (asignación familiar, asignación por hijos a cargo, asignación por escolaridad y asignación por guardería).

— De acuerdo con ello, ordene el pago de las respectivas cantidades desde las fechas solicitadas, incrementadas en el interés devengado (interés del BCE incrementado en dos puntos porcentuales). Ha de considerarse que las regularizaciones no correspondientes al mes en el que se pagaron deberían someterse al impuesto al que se habrían sometido de haberse hecho en el momento oportuno, de acuerdo con el Reglamento (CEE, EURATOM, CECA) n.o 260/68. (1)

— En caso de que sea necesario, anule la resolución de 5 de junio de 2018 por la que se desestima la reclamación del demandante, presentada el 29 de marzo de 2018.

— En caso de que sea necesario, anule las resoluciones de 2 de febrero de 2018 por las que se desestima la petición de revisión administrativa cursada por el demandante de 15 de diciembre de 2017.

— Condene en costas a la parte demandada.

En apoyo de su recurso, la parte demandante formula dos motivos.

  1. Primer motivo, basado en que los requisitos de la relación laboral de corta duración del BCE y la normativa del mismo relativa a relaciones laborales de corta duración son contrarios a Derecho (pretensión de ilegalidad). — Los requisitos de la relación laboral de corta...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT