Asunto T-754/17: Recurso interpuesto el 15 de noviembre de 2017 — Chambre de commerce et d’industrie métropolitaine Bretagne-ouest (port de Brest)/Comisión

SectionDiario Oficial
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

5.2.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 42/30

Lengua de procedimiento: francés

Demandante: Chambre de commerce et d’industrie métropolitaine Bretagne-ouest (port de Brest) (Brest, Francia) (representantes: J. Vanden Eynde y E. Wauters, abogados)

Demandada: Comisión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

— Declare la admisibilidad del recurso y, en consecuencia, anule la Decisión C(2017) 5176 final de la Comisión, relativa al régimen de ayudas n.o SA.38398 (2016/C, ex 2015/E) aplicado por Francia — Impuestos portuarios en Francia.

— Declare el presente recurso admisible y fundado.

— Como consecuencia, anule la decisión de la Comisión Europea de considerar ayuda estatal incompatible con el mercado interior el hecho de que las actividades económicas de la Chambre de commerce et d’industrie métropolitaine Bretagne-ouest no estén sometidas al impuesto de sociedades.

— Condene en costas a la parte demandada.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

  1. Primer motivo, basado en la violación del principio de buena administración, al estar aún pendiente el resultado del recurso en el asunto T-39/17, Chambre de commerce et d’industrie métropolitaine Bretagne-ouest (port de Brest)/Comisión, formulado por la demandante sobre el derecho de acceso al expediente administrativo. Así, en la medida en la que la Comisión se ha basado en documentos esenciales para determinar las imputaciones formuladas contra la demandante sin que, sin embargo, se los haya comunicado, y ello a pesar de las múltiples solicitudes de la demandante, la decisión que da lugar al análisis de tales documentos debería ser declarada contraria a Derecho.

  2. Segundo motivo, basado en un error de apreciación en cuanto a la calificación de las operaciones que presta el puerto de Brest. Este motivo se divide en dos partes. — Primera parte, basada en la afirmación de que las actividades del puerto de Brest son servicios de interés general. La demandante considera que, en este contexto, la demandada no podría rebatir la exención del impuesto de sociedades salvo que se demuestre que es una ayuda estatal aplicada a una actividad abierta a la competencia.

    — Segunda parte, formulada con carácter subsidiario, según la cual, si las actividades portuarias no fuesen servicios de interés general...

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