Asunto T-775/17: Recurso interpuesto el 28 de noviembre de 2017 — Estampaciones Rubí/Comisión

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

29.1.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 32/40

Lengua de procedimiento: español

Demandante: Estampaciones Rubí, SAU (Vitoria-Gasteiz, España) (representante: D. Armesto Macías y K. Caminos García, abogados)

Demandada: Comisión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

— Admita el presente recurso, así como los documentos que se adjuntan como anexos.

— Mediante diligencia de ordenación del procedimiento, requiera a la Comisión a aportar a autos, suprimiendo en su caso los datos confidenciales de terceros que puedan contener, una versión íntegra de los documentos siguientes:

  1. Mensaje informal en respuesta a los escritos transmitidos el 22 de febrero y el 4 y el 12 de marzo de 2013 (Álava), de 26 de marzo de 2013;

  2. «Informal message in reply to the submission of 7 November (Álava)», de 4 de diciembre de 2012;

— Anule las decisiones de la Comisión plasmadas en dichos documentos.

— Subsidiariamente, declare la vulneración de los Tratados, provocada por el silencio de la Comisión y se le ordene responder a la solicitud de la demandante formulada mediante escrito presentad o el 31 de julio de 2017, a fin de que la demandante pueda, como beneficiaria de la referida ayuda, ejercer los derechos procesales que le confiere el Derecho de la Unión en el marco de un procedimiento formal para la evaluación de su compatibilidad.

— Condene en costas a la Comisión Europea.

La presente demanda tiene por objeto principal que se declare la anulación de las Decisiones de la Comisión de denegar la compatibilidad de determinadas ayudas fiscales recibidas por la demandante en forma de crédito fiscal de 45 % sobre determinados proyectos de inversión, que fueron comunicadas a las autoridades fiscales españolas representadas por la Diputación Foral de Álava, mediante sendos escritos de la Comisión con los títulos de «informal message» y de «mensaje informal», de fechas 4 de diciembre de 2012 y 26 de marzo de 2013, a los que la demandante tuvo acceso en el marco de un procedimiento nacional.

La presente demanda tiene por objeto subsidiario que se declare la omisión de la Comisión, en el sentido del artículo 265 TFUE, ocasionada por el silencio de la demandada ante la petición de la demandante, de fecha 31 de julio de 2017, por la que se instaba a la Comisión a pronunciarse sobre la naturaleza jurídica vinculante o no vinculante de los indicados «mensajes informales» y, en su caso, que le otorgase el trámite de audiencia correspondiente...

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