Asunto T-778/17: Recurso interpuesto el 28 de noviembre de 2017 — Autostrada Wielkopolska/Comisión

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

29.1.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 32/41

Lengua de procedimiento: inglés

Demandante: Autostrada Wielkopolska S.A. (Poznań, Polonia) (representantes: O. Geiss y D. Tayar, abogados)

Demandada: Comisión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

— Anule la Decisión de la Comisión de 25 de agosto de 2017 en el asunto SA.35356 (2013/C) (ex 2013/NN, ex 2012/N) relativa a la ayuda estatal ejecutada por Polonia a favor de la entidad Autostrada Wielkopolska S.A.

— Condene en costas a la Comisión.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

  1. Primer motivo, basado en que la Comisión infringió el derecho de participación de la demandante, en particular el derecho a ser oído antes de que fuese adoptada la Decisión impugnada. — La Comisión no concedió a la demandante una oportunidad adecuada para formular observaciones respecto a las pruebas aportadas por el Estado.

    — La Comisión privó a la demandante de su derecho a formular observaciones respecto a documentos esenciales y conclusiones en las que se basó la Comisión para adoptar la Decisión impugnada.

    — No puede excluirse la posibilidad de que estas omisiones hayan afectado al resultado del presente asunto.

  2. Segundo motivo, basado en que la Comisión cometió un error de hecho y de Derecho al aplicar el criterio erróneo para determinar si se cumplían los elementos constitutivos del artículo 107 TFUE, apartado 1 y aplicó el mencionado criterio (erróneo) vulnerando el artículo 107 TFUE, apartado 1. — La conclusión de la Comisión de que existía una ventaja a efectos del artículo 107 TFUE, apartado 1, se basa únicamente en el criterio de la «comparación punto a punto».

    — La Comisión llevó a cabo su evaluación del criterio del inversor privado tras haber decidido ya que existía una ventaja a efectos del artículo 107 TFUE, apartado 1.

    — El criterio de la «comparación punto a punto» de la Comisión es incorrecto desde un punto de vista jurídico.

    — La Comisión cometió errores manifiestos de apreciación al realizar la evaluación de su criterio de la «comparación punto a punto», en particular al no tomar en consideración información relevante que estaba a su disposición en el momento en el que adoptó la Decisión impugnada.

  3. Tercer motivo, basado en que la Comisión cometió un manifiesto error de hecho y de Derecho al no aplicar el criterio del inversor privado de conformidad con la...

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