Asunto T-316/10: Recurso interpuesto el 23 de julio de 2010 — HIM/Comisión

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 274/25

Pretensiones de la parte demandante

- Que se anule la Decisión de la Comisión de no oposición.

- Que se condene a la Comisión al pago de la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

Mediante el presente recurso la demandante solicita que se anule la Decisión C(2010) 3333 de la Comisión, de 21 de mayo de 2010, por la que se declara compatible con el mercado interior y con el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo un proyecto de concentración por el cual Française des Jeux y el Groupe Lucien Barrière adquieren el control conjunto de la empresa Newco, encargada de la concepción y la explotación de un sitio internet de póquer en Francia.

En apoyo de su recurso la demandante alega que la Comisión hubiera debido remitir el examen de la concentración controvertida a la República Francesa, en vista de su posible efecto significativo sobre la situación de competencia en Francia en el mercado en cuestión.

Recurso interpuesto el 23 de julio de 2010 - HIM/Comisión

(Asunto T-316/10)

(2010/C 274/40)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Health Information Management (HIM) (Bruselas) (representante: P. Zeegers, abogado)

Error de Derecho y falta de motivación en la medida en que el Tribunal de la Función Pública consideró que el recurso de indemnización se interpuso dentro de un plazo razonable y que la decisión de incoar el procedimiento disciplinario vulneró la presunción de inocencia.

Infracción del Derecho de la Unión, error de Derecho y falta de motivación, en la medida en que el Tribunal de la Función Pública no aplicó el criterio jurídico que exige «infracción suficientemente caracterizada» y no justificó la razón la que resultaba necesario apartarse en el presente asunto de la jurisprudencia existente.

Infracción del artículo 24 del Estatuto de los Funcionarios, error de Derecho y falta de motivación en la medida en que el Tribunal de la Función Pública consideró que la AFPN estaba obligada a dar asistencia a la parte demandada directamente sin investigación previa y antes del plazo de cuatro meses que establece el artículo en cuestión para responder a las cuestiones.

- Error manifiesto de Derecho y de motivación en la medida en que el Tribunal de la Función Pública consideró que la Comisión era responsable, en primer lugar, de las supuestas filtraciones a la prensa y que, en segundo lugar, incurrió en error al incoar el procedimiento disciplinario.

- Vulneración del...

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