Asunto T-223/11: Recurso interpuesto el 20 de abril de 2011 — Siemens/Comisión

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 194/17

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Fercredit Servizi Finanziari SpA (Roma)

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

- Anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 3 de febrero de 2011 en el asunto R 719/2010-1.

- Condene en costas a la Oficina demandada.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La demandante

Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa «fa@ir Credit» para servicios de la clase 36 (Solicitud n o 6.947.766)

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de Fercredit Servizi Finanziari SpA

Marca o signo invocado: Marca figurativa «FERCREDIT» para productos y servicios de las clases 6, 7, 12, 14, 16, 18, 25, 35, 36, 39, 41, 42, 43 y 44 (marca comunitaria n o 3.749.801), habiéndose formulado oposición contra el registro para servicios de la

Resolución de la División de Oposición: Estimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n o 207/2009, ( 1 ) por considerar que no existe riesgo de confusión entre las marcas en conflicto.

) Reglamento (CE) n o 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

- Condene a la demandada a pagar a la demandante un importe de 16 114 147 euros, más los correspondientes intereses, calculados al tipo básico alemán incrementado en un 8 % a partir del 20 de abril de 2011.

- Condene a la demandada a pagar a la demandante, en concepto de indemnización, los honorarios de abogados y demás gastos inherentes al presente procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1) Mediante el primer motivo alega que, según el contrato celebrado con la demandada, la demandante puede reclamar una compensación económica por los costes adicionales en que haya incurrido.

2) Mediante el segundo motivo alega, con carácter subsidiario...

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