Decisión del Consejo, de 11 de octubre de 2011, por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales, en lo que respecta al auditor externo del Banco de Portugal

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

1.11.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 285/23

ES

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 11 de octubre de 2011

por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales, en lo que respecta al auditor externo del Banco de Portugal

(2011/714/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Protocolo sobre el Estatuto del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 27.1,

Vista la Recomendación BCE/2011/11 del Banco Central Europeo de 25 de agosto de 2011 al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del Banco de Portugal

( 1

),

Considerando lo siguiente:

(1) Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales son controladas por auditores externos independientes recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea.

(2) El mandato del actual auditor externo del Banco de Portugal expiró tras la auditoría del ejercicio de 2010. Por lo tanto, es preciso nombrar auditor externo a partir del ejercicio de 2011.

(3) El Banco de Portugal ha seleccionado a PricewaterhouseCoopers & Associados-Sociedad de Revisores Oficiais de Contas, Lda. como auditor externo para los ejercicios de 2011 a 2016.

(4) El Consejo de Gobierno del BCE ha recomendado que se nombre a PricewaterhouseCoopers & Associados-Socie dade de Revisores Oficiais de Contas, Lda. como auditor externo del Banco de Portugal para los ejercicios de 2011 a 2016.

(5) Conviene seguir la recomendación del Consejo de Gobierno del BCE y modificar en consecuencia la Decisión 1999/70/CE del Consejo

( 2 ).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 1 de la Decisión 1999/70/CE, el apartado 10 se sustituye por el texto siguiente:

10. PricewaterhouseCoopers & Associados-Sociedade...

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