Asunto T-43/06: Auto del Tribunal de Primera Instancia de 6 de julio de 2006 Cofira-Sac/Comisión

SectionAuto
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Con carácter subsidiario, las demandantes solicitan que la reducción del 40 % de la multa concedida con arreglo a la Comunicación sobre la cooperación sea aumentada en un 10 %, alegando que la Comisión aplicó incorrectamente la Comunicación sobre la cooperación en la medida en que no se concedió a Eka la máxima reducción posible dentro del abanico correspondiente, a pesar de que su cooperación se ajustó completamente a los criterios establecidos en el punto 23, apartado 2 de la Comunicación sobre la cooperación. Según las demandantes, por tanto, la Comisión vulneró la confianza legítima de dicha demandante.

Asimismo, las demandantes sostienen que la Comisión violó el principio de igualdad de trato en la medida en que:

i) Trató de modo distinto situaciones similares, como las de Eka y Arkema, cuya cooperación se ajustó completamente a los criterios establecidos en el punto 23 de la Comunicación sobre la cooperación, al conceder únicamente a Arkema la máxima reducción posible dentro del abanico correspondiente.

ii) Trató situaciones diferentes, como la de Eka y la de Solvay, de modo semejante, al conceder a ambas una reducción de la multa que no es la máxima posible dentro del abanico correspondiente, a pesar de que, según las demandantes, Eka había prestado una cooperación mucho más valiosa y oportuna que Solvay.

(1 ) Comunicación de la Comisión relativa a la dispensa del pago de las multas y la reducción de su importe en casos de cártel (DO 2002, C 45, p.3).

Auto del Tribunal de Primera Instancia de...

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