Informe sobre las cuentas anuales de la Autoridad de Supervisión del GNSS Europeo correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Autoridad

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 14.12.2010

INFORME

sobre las cuentas anuales de la Autoridad de Supervisión del GNSS Europeo correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Autoridad

(2010/C 338/20)

ÍNDICE

Apartados Página

INTRODUCCIÓN . . . 1-2 115

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-12 115

OTRAS CUESTIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13-17 116

Cuadro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117

Respuestas de la Autoridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 118

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 338/115

Autoridad de Supervisión del Sistema Europeo Global de Navegación por Satélite o GNSS (en lo sucesivo denominada «la Autoridad»), con sede en Bruselas, fue creada por el Reglao 1321/2004 del Consejo, de 12 de julio de ). Su misión consiste en gestionar los intereses públicos relativos a los programas europeos de radionavegación por satélite (GNSS) y ser su órgano regulador durante las fases de despliegue y explotación del programa Galileo. En virtud del Reglamento (CE) n o 683/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008 ( 2 ), las competencias de la Autoridad se vieron limitadas al control de la seguridad de los sistemas Galileo y a la preparación de su comercialización. Es posible que la Autoridad se vea conferir funciones específicas

3

).

El presupuesto aprobado de 2009 de la Autoridad se elevó a 44,4 millones de euros, frente a los 125 millones de euros de 2008. El número de personas empleadas por la Autoridad al término del ejercicio ascendía a 35, frente a las 52 del ejercicio

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

De conformidad con el artículo 287, apartado 1, párrafo segundo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Tribunal ha fiscalizado las cuentas anuales ( 4

) de la Autoridad, que comprenden los «estados financieros» ( 5 ) y

los «estados sobre la ejecución presupuestaria» ( 6 ) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2009, así como la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

La presente declaración de fiabilidad está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom)

1605/2002 del Consejo ( 7 ).

Funciones del director

El director tiene atribuida, en su calidad de ordenador, la ejecución de los ingresos y gastos del presupuesto, ateniéndose a la normativa financiera de la Autoridad, bajo su

propia responsabilidad y ajustándose a los créditos asignados ( 8 ), y es responsable, asimismo, de la implantación ( 9

) de la estructura organizativa y de los sistemas y procedimientos de gestión y control internos necesarios para que las cuentas definitivas estén libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o error, y para garantizar que las operaciones subyacentes a dichas cuentas sean legales y regulares.

Funciones del Tribunal

  1. El Tribunal debe emitir, basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Autoridad y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

  2. El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y los códigos deontológicos de la IFAC y las ISSAI ( 10 ). Estas normas exigen que el Tribunal cumpla con las exigencias deontológicas y...

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