Ayuda estatal — Dinamarca — Ayuda estatal SA.39078 (2019/C) (ex 2014/N) — Financiación del proyecto de enlace fijo del Femern Baelt — Invitación a presentar observaciones en aplicación del artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

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5.7.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 226/5

Por carta de 14 de junio de 2019, reproducida en la versión lingüística auténtica en las páginas que siguen al presente resumen, la Comisión notificó a Dinamarca su decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en relación con las medidas de apoyo concedidas al proyecto de enlace fijo del Femern Baelt.

Los interesados podrán presentar sus observaciones sobre las medidas en favor de Femern A/S y respecto de las cuales la Comisión ha incoado el procedimiento, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del presente resumen y de la carta siguiente, enviándolas a:

Comisión Europea Dirección General de Competencia Registro de Ayudas Estatales 1049 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË Fax +32 22961242 Stateaidgreffe@ec.europa.eu

Dichas observaciones se comunicarán a Dinamarca. Los interesados que presenten observaciones podrán solicitar por escrito, exponiendo los motivos de su solicitud, que su identidad sea tratada de forma confidencial.

El 22 de diciembre de 2014, Dinamarca notificó a la Comisión el modelo de financiación del proyecto de enlace fijo del Femern Baelt. El 5 de junio, el 5 de septiembre y el 26 de noviembre de 2014, así como el 19 de enero y el 22 de abril de 2015, la Comisión recibió 5 denuncias (1) en las que se alegaba que Dinamarca había concedido ayudas estatales ilegales e incompatibles para la planificación, construcción y explotación del enlace, en favor de Femern A/S (2).

El 23 de julio de 2015, la Comisión adoptó una Decisión de no objeción («Decisión de construcción») (3), en la que concluía, entre otros elementos, que, incluso en el caso de que las medidas en favor de Femern A/S para la planificación, construcción y explotación del enlace fijo constituyeran ayuda estatal, serían compatibles con el mercado interior con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE. El Tribunal General anuló parcialmente la Decisión de 2015 (4), en la medida en que la Comisión decidió no plantear objeciones a las medidas adoptadas por Dinamarca en favor de Femern A/S para la planificación, construcción y explotación del enlace. El Tribunal General desestimó el recurso en todos los demás elementos. En particular, rechazó los argumentos del requirente en relación con la conclusión de la Comisión de que las medidas adoptadas en favor de A/S Femern Landanlaeg para la planificación, construcción y explotación de las conexiones por carretera y ferrocarril con el territorio danés no constituyen ayuda estatal en el sentido del artículo 107, apartado 1, del TFUE.

El 2 de agosto de 2016, Scandlines envió una carta a la Comisión en la que solicitaba la adopción de medidas en relación con unas presuntas ayudas en favor de Femern A/S que, en su opinión, no habían sido abordadas por la Comisión en su Decisión de construcción. Mediante carta de 30 de septiembre de 2016, los servicios de la Comisión respondieron a Scandlines. El 12 de diciembre de 2016, Scandlines presentó un recurso de anulación de la carta de los servicios de la Comisión de 30 de septiembre de 2016 (5), así como una acción contra la Comisión por no haber actuado en relación con su denuncia, en el caso de que no se considerarse que la carta de los servicios de la Comisión equivalía a la definición de una posición en el sentido del artículo 265 del TFUE (6).

El 6 de noviembre de 2017, Scandlines presentó una nueva denuncia sobre las medidas de ayuda ilegales e incompatibles utilizadas para financiar las actividades de información y promoción de Femern A/S.

El 30 de julio de 2018, Scandlines envió una segunda carta (7) a la Comisión en la que le pedía que definiera su posición sobre las supuestas medidas de ayuda acordadas infringiendo la Decisión que la Comisión había adoptado para la fase de planificación del proyecto («Decisión de planificación») (8). El 28 de septiembre de 2018, la Comisión adoptó una Decisión («Decisión de confirmación») en la que concluía que las supuestas medidas de ayuda no constituían ayuda estatal ilegal y que fueron autorizadas por las Decisiones de planificación y de construcción.

El 13 de diciembre de 2018, el Tribunal General falló sobre la inadmisibilidad de las acciones anteriormente mencionadas (9). Scandlines recurrió ante el Tribunal en el asunto relativo a la anulación de la carta de los servicios de la Comisión de 30 de septiembre de 2016 (10).

El proyecto de enlace fijo del Femern Baelt constará de una infraestructura de costa a costa y de conexiones ferroviarias y por carretera con el interior. La infraestructura de costa a costa («enlace fijo») consistirá en un túnel sumergido de 19 km de longitud que incluirá una línea de ferrocarril de doble vía y una autopista de 4 carriles, entre Rødby, en la isla de Lolland, en Dinamarca, y Puttgarden, en Alemania.

En 2008, Dinamarca y Alemania firmaron un tratado según el cual Dinamarca sería la única propietaria y asumiría todo el riesgo de financiación del enlace fijo, así como de mejora de las conexiones con el interior del territorio danés. Alemania sería responsable de la financiación y mejora de las conexiones interiores alemanas (no afectadas por la presente investigación formal). La ejecución del proyecto se encomendó a 2 empresas públicas: Femern A/S, responsable del enlace fijo, y A/S Femern Landanlæg, responsable de las conexiones con el interior del territorio danés.

La planificación, construcción y explotación del enlace fijo y de las conexiones con el interior del territorio danés se financiarían principalmente mediante préstamos, obtenidos en los mercados financieros internacionales y cubiertos por una garantía del Estado, o por préstamos del Banco Central de Dinamarca respaldados por el Estado. Dinamarca también preveía: inyecciones de capital y un tratamiento fiscal especial por lo que se refiere a la amortización de los bienes de Femern A/S, traslado de pérdidas fiscales acumuladas, y un régimen de tributación conjunta. Las supuestas medidas de ayuda adicionales consisten en el uso gratuito de propiedades estatales y en tasas ferroviarias no conformes a los precios de mercado que el Estado pagaría a través del operador ferroviario estatal Danske Statsbaner.

La presente investigación solo se refiere a las medidas en favor de Femern A/S, ya que las medidas en favor de A/S Femern Landanlæg no constituyen ayuda estatal.

Sobre la base de la información disponible, la Comisión tiene dudas en cuanto a si se puede considerar que Femern A/S ejerce una actividad económica y, por lo tanto, si puede considerarse una empresa en el sentido de las normas sobre ayudas estatales. Para el caso de que Femern A/S fuese considerada una empresa en la Decisión final, la Comisión desea evaluar ahora la naturaleza de las medidas como ayuda individual o régimen de ayudas.

Además, la Comisión tiene previsto recabar las opiniones de las partes interesadas en cuanto a la compatibilidad de las medidas de ayuda con el mercado interior. Aunque puede considerarse que estas medidas tienen como objetivo la promoción de un proyecto importante de interés común europeo, la Comisión desea, en esta fase, seguir examinando cuestiones como su naturaleza de ayuda a la inversión o al funcionamiento, su necesidad y proporcionalidad, así como las condiciones de movilización de las medidas en forma de garantías.

The Commission wishes to inform Denmark that, having examined the information supplied by your authorities and following the judgments of the General Court of 13 December 2018 in Case T-630/15 Scandlines Denmark and Scandlines Deutschland v Commission (11) and Case T-631/15 Stena Line Scandinavia v Commission (12), it has decided to initiate the procedure laid down in Article 108(2) of the Treaty on the Functioning of the European Union.

(1) On 13 July 2009, the Commission approved aid for the financing of the planning phase of the Fehmarn Belt Fixed Link project (‘Fehmarn Belt’) (13).

(2) Following a prenotification phase, by letter dated 22 December 2014, the Danish authorities notified to the Commission pursuant to Article 108(3) of the Treaty the financing model of the Fehmarn Belt. On 13 February 2015, the Commission services sent a request for information to Denmark, which replied on 24 and 27 February, as well as 11 March 2015. The Commission services sent another request for information on 25 March 2015 and Denmark replied on 8 April 2015. On 13 April 2015 and 8 May 2015 the Commission services sent additional requests for information to Denmark. The latter submitted additional information on 19 and 27 May 2015, as well as on 8 July 2015.

(3) On 5 June 2014, 5 September 2014, 26 November 2014, 19 January 2015, and 22 April 2015, the Commission received five complaints (14) alleging that Denmark had granted unlawful and incompatible State aid for the planning, construction and operation of the Fehmarn Belt in favour of Femern A/S and A/S Femern Landanlæg (15). Non-confidential versions of the complaints were received on 23 July 2014, 22 December 2014, 18 February 2015 and 30 April 2015 respectively. The Commission services sent requests for information to Denmark on 25 July 2014, 19 September 2014, 8 January 2015, 13 February 2015, 2 and 25 March 2015, 13 April 2015 and 8 May 2015. Denmark submitted additional information on 3 September 2014, 16 October 2014, 20, 24 and 27 February 2015, 11 March 2015, 8 and 21 April 2015. The Commission received additional information from the complainants on 25 September 2014, 4 February 2015, 22 May 2015 and 13 July 2015.

(4) On 23 July 2015, the Commission decided not to raise objections to the measures granted by Denmark to A/S Femern Landanlaeg and Femern A/S (‘Construction Decision’) (16). The operative part of that decision is divided in two parts. In the first part, the Commission concluded that the measures granted to A/S Femern Landanlæg for the planning, construction and...

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