Decisión del Consejo, de 17 de diciembre de 2003, relativa a la firma y aplicación provisional de los Acuerdos bilaterales sobre el comercio de productos textiles entre la Comunidad Europea y determinados terceros países (Azerbaiyán, Kazajstán, Tayikistán y Turkmenistán)

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

II (Actos cuya publicaciÛn no es una condiciÛn para su aplicabilidad) CONSEJO DECISI”N DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2003 relativa a la firma y aplicaciÛn provisional de los Acuerdos bilaterales sobre el comercio de productos textiles entre la Comunidad Europea y determinados terceros paÌses (Azerbaiy·n,

Kazajst·n, Tayikist·n y Turkmenist·n) (2003/901/CE) EL CONSEJO DE LA UNI”N EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artÌculo 133 en relaciÛn con la primera frase del primer p·rrafo del apartado 2 de su artÌculo 300,

Vista la propuesta de la ComisiÛn,

Considerando lo siguiente:

(1) La ComisiÛn ha negociado en nombre de la Comunidad Acuerdos bilaterales para prorrogar los actuales Acuerdos bilaterales sobre comercio de productos textiles con determinados terceros paÌses (Azerbaiy·n,

Kazajst·n, Tayikist·n y Turkmenist·n).

(2) A reserva de su posterior celebraciÛn, deben firmarse los Acuerdos en nombre de la Comunidad.

(3) Conviene aplicar dichos Acuerdos de forma provisional a partir del 1 de enero de 2004 a la espera de la terminaciÛn de los procedimientos necesarios para su celebraciÛn, en condiciones de reciprocidad.

DECIDE:

ArtÌculo 1

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a las personas facultadas para firmar en nombre de la Comunidad Europea los Acuerdos sobre el comercio de...

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