2003/C 268 E/107E-0483/03 de Bill Newton Dunn a la Comisión Asunto: Cartografía digital del Reino Unido y sus consecuencias para los agricultores

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Respuesta de la Sra. Wallström en nombre de la Comisión (16 de abril de 2003) Hasta la fecha no ha habido ningún país candidato que se haya dirigido a la Comisión para tratar específicamente la asistencia a la eliminación de plaguicidas obsoletos.

No obstante, la Comisión ha encargado un estudio para determinar mejor los problemas asociados a los plaguicidas obsoletos de los países candidatos y la forma en que los países van a tratarlos (1 ). En el estudio, publicado en septiembre de 2002, se describen las existencias de plaguicidas obsoletos de cada país candidato, incluidos los contaminantes orgánicos persistentes, y su gestión.

La Comisión no ha buscado información detallada sobre la capacidad térmica de los incineradores de los países candidatos. No obstante, se requerirá que los países candidatos apliquen la legislación comunitaria en materia de residuos peligrosos que vela por que estas existencias se eliminen de forma adecuada. Según la Directiva 91/689/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a los residuos peligrosos (2 ), los plaguicidas se consideran residuos peligrosos, que exigen cuidados específicos durante su eliminación (incineración en incineradores específicos). Si un país candidato no dispone de incineradores adecuados que respeten el acervo medioambiental, deberán modernizarse las instalaciones o transportar las sustancias a incineradores apropiados en otra parte de la Unión.

Como se indica en la respuesta a la pregunta escrita E-1951/02 de Su Señoría, la Comisión es consciente de los problemas causados por los plaguicidas obsoletos y hay ayuda financiera comunitaria disponible si la solicitan los países candidatos. En su reciente Comunicación, 'Hacia una estrategia temática para el uso sostenible de los plaguicidas' (3 ), basada en la letra d del artículo 7 del Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente (4 ), la Comisión propone que se desarrollen, en estrecha cooperación con los países candidatos, programas específicos de apoyo, centrados en la manipulación de las existencias de productos fitosanitarios obsoletos y su eliminación de forma segura. Sin embargo, la Comisión opina que la responsabilidad y la iniciativa deben corresponder a los propios países candidatos, de acuerdo con su obligación de transponer y aplicar el acervo.

Dado que un porcentaje de plaguicidas obsoletos entra en el ámbito del Convenio de Estocolmo sobre agentes contaminantes orgánicos persistentes, las medidas...

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