Asunto C-620/11: Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo (España) el 2 de diciembre de 2011 — Bahía de Bizcaia Electricidad, S.L./Gas Natural SDG, S.A., Endesa S.A., Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A. y Administración del Estado

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 11.2.2012

Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo (España) el 21 de noviembre de 2011 -

Power S. L./Gas Natural SDG, S.A., Administración del Estado, Hidroeléctrica del Cantábrico,

S.A. y Endesa, S.A.

(Asunto C-580/11)

(2012/C 39/17)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Supremo

Partes en el procedimiento principal

Tarragona Power S.L.

Gas Natural SDG, S.A., Administración del Estado, Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A. y Endesa, S.A.

Cuestión prejudicial

¿El artículo 10 de la Directiva 2003/87/CE ( 1 ) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo, puede ser interpretado en el sentido de que no obsta a la aplicación de unas medidas legislativas nacionales como son las examinadas en este proceso, cuyo objeto y efecto es minorar la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica en el importe equivalente al valor de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero asignados gratuitamente durante el periodo correspondiente?

) DO L 275, p. 32

Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo (España) el 25 de noviembre de 2011 - Gas Natural SDG, SA, Bizcaia Energia, SL/Administración del Estado, Endesa S.A., Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A. e

Iberdrola, S.A.

(Asunto C-591/11)

(2012/C 39/18)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Supremo

Partes en el procedimiento principal

Gas Natural SDG y SA, Bizcaia Energia, S.L.

Administración del Estado, Endesa S.A., Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A. e Iberdrola, S.A.

Cuestión prejudicial

¿El artículo 10 de la Directiva 2003/87/CE

( 1 ) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003,

por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo, puede ser interpretado en el sentido de que no obsta a la aplicación de unas medidas legislativas nacionales como son las examinadas en este proceso, cuyo objeto y efecto es minorar la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica en el importe equivalente al valor de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero asignados...

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