2003/C 280 E/007E-2568/02 de Robert Evans a la Comisión Asunto: Bruce Harris, de Casa Alianza, acusado de difamación en Guatemala

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

¿Qué medidas se propone tomar la Comisión para que los gobiernos de la nueva Yugoslavia y de la entidad serbobosnia (Republika Srpska) así como la Fuerza de Estabilización (SFOR) se vean obligados a respetar el derecho de las mujeres a asistir en el futuro a manifestaciones semejantes y a no impedir la libre circulación de personas por razones de conveniencia política? ¿Qué medidas piensa tomar además la Comisión para que los elementos chovinistas de la entidad serbobosnia cesen de socavar la convivencia pacífica en Bosnia y Herzegovina? Respuesta del Sr. Patten en nombre de la Comisión (22 de octubre de 2002) La Comisión está al autobús a Srebrenica el 11 de julio de 2002 para conmemorar el aniversario de la masacre de 1995. En cierto caso, entre 30 y 40 miembros de la organización 'Mujeres de Negro' ('Women in Black') que habían partido de Belgrado fueron supuestamente detenidas por la polícia de la República Serbia de Bosnia (Republika Srpska) cerca de Bratunac y se les impidió continuar hacia Srebrenica. Según estos informes, varios pasajeros del autobús no poseían los documentos necesarios. En un caso similar, tanto la Oficina del Alto Representante como la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) en Bosnia y Herzegovina manifestaron su inquietud y pidieron a la República Serbia de Bosnia (Republika Srpska) que realizara una investigación y tomara las medidas disciplinarias necesarias.

Por otro lado, aunque la SFOR contribuya a crear cierto ambiente de seguridad, sobre todo a través de sus patrullas, no puede asegurar una presencia que garantice una seguridad total en este territorio.

Aunque la Comisión no puede 'obligar' al Gobierno de la República Serbia de Bosnia (Republika Srpska) a permitir la libre circulación de personas con motivo de dichas conmemoraciones, sí puede recordar, y hacerlo de manera determinada, la obligación por parte de las autoridades de Bosnia y Herzegovina y de la Entidad Serbo-Bosnia de garantizar la 'plena libertad de circulación de personas en Bosnia y Herzegovina' (artículo I.4 de la constitución de Bosnia y Herzegovina). Cualquier incumplimiento de esta disposición, en caso de confirmarse, se señalará en los informes anuales sobre el proceso de estabilización y asociación, y provocará un retraso en la integración de Bosnia y Herzegovina en las estructuras de la Unión. En este contexto, la Comisión quiere recordar su apoyo político y financiero al desarrollo del Estado de Derecho en...

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