88/662/CEE: Decisión del Consejo de 21 de diciembre de 1988 relativa a la aplicación con carácter provisional del Convenio internacional de 1987 sobre el caucho natural          

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISION Del Consejo

de 21 de diciembre de 1988

relativa a la aplicaciÛn con car·cter provisional del Convenio internacional de 1987 sobre el caucho natural

(88/662/CEE)

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad EconÛmica Europea y, en particular, sus artÌculos I 1 3 y I I 6,

Vista la propuesta de la ComisiÛn,

Considerando que el Convenio internacional de 1979 sobre el caucho natural ha expirado;

Considerando que, en aplicaciÛn de la DecisiÛn 88/107/ CEE (1), la Comunidad y sus Estados miembros firmaron, el 18 de diciembre de 1987, el Convenio internacional de 1987 sobre el caucho natural denominado en lo sucesivo ´Convenio de 1987ª;

Considerando que conviene garantizar la entrada en vigor, con car·cter provisional, del Convenio de 1987, a m·s tardar el 1 de enero de 1989: que, para ello, es necesario que la Comunidad y sus Estados miembros, de conformidad con sus correspondientes procedimientos internos exigidos al respecto y cuando concluyan dichos procedimientos, notifiquen al secretario general de la OrganizaciÛn de las Naciones Unidas su intenciÛn de aplicar el Convenio de 1987 con car·cter provisional,

DECIDE:

ArtÌculo 1

La Comunidad y sus Estados miembros, tan pronto se concluyan los procedimientos internos exigidos al respecto, notificar·n al secretario general de la OrganizaciÛn de las Naciones Unidas...

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