Asunto C-36/12 P: Recurso de casación interpuesto el 25 de enero de 2012 por Armando Álvarez, S.A. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) dictada el 16 de noviembre de 2011 en el asunto T-78/06, Álvarez/Comisión

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 24.3.2012

Motivos y principales alegaciones

Primer motivo de casación, basado en una infracción del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia relativa a esta disposición y al concepto de «infracción única y continuada», así como en una violación de las normas procesales aplicables en materia de carga y de apreciación de la prueba.

La sentencia recurrida contiene errores de apreciación de las pruebas aportadas por la Comisión para la aplicación a ASPLA de la noción de infracción única y continuada, tanto en relación con su supuesta participación en las infracciones relativas a los sectores de los sacos de boca abierta y de los block bags, como en lo relativo al conocimiento por parte de ASPLA de las conductas infractoras realizadas en subgrupos en los que no participaba y de la inclusión de tales conductas en un «esquema colusorio general».

Segundo motivo de casación, basado en un error de derecho al declarar extemporánea la alegación relativa a la incorrección de las cifras de ventas tomadas en consideración para la determinación de la sanción económica impuesta a ASPLA. Subsidiariamente, dicha alegación está directamente relacionada con una cuestión de orden público cuya falta de apreciación por parte del Tribunal General constituye, asimismo, un error de derecho.

En relación con el motivo principal, el error en el que incurre el Tribunal estriba en que la alegación no constituye un motivo nuevo sino, en su caso, la ampliación de un motivo preexistente, así como en el propio empleo de las cifras de ventas del Grupo Armando Álvares en lugar de las de ASPLA, para el cálculo de la sanción.

En cuanto al motivo invocado con carácter subsidiario, el error de derecho está en el hecho de que el Tribunal General no ha apreciado el alcance del deber de motivación que incumbía a la Comisión en relación con el método de cálculo del importe de base de la multa impuesta a ASPLA.

Pretensiones

- Que se declare admitido a trámite el presente recurso de casación.

- Que se anule la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 16 de noviembre de 2011 en el asunto T-78/06, Álvarez contra Comisión y, en consecuencia, la Decisión de la Comisión C(2005) 4634 final de 30 de noviembre de 2005, en el asunto COMP/F/38.354 en lo que se refiere a la imputación de responsabilidad de Armando Álvarez, S.A.

- Que se condene a la Comisión a las costas...

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