Asunto T-365/11 P: Recurso de casación interpuesto el 5 de julio de 2011 por AO contra el auto dictado por el Tribunal de la Función Pública el 4 de abril de 2011 en el asunto F-45/10, AO/Comisión
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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 282/27
Solicitante de la declaración de invalidez de la marca comunitaria: La
Motivación de la solicitud de declaración de invalidez: La parte que solicita la declaración de invalidez sustenta su pretensión en los artículos 53, apartado 1, letra a), y 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n o 207/2009 del Consejo, con fundamento en el registro anterior de la marca comunitaria figurativa (en color) «lactofree» para productos de la clase 29
Resolución de la División de Anulación: Anulación para una parte
Resolución de la Sala de Recurso: Anulación de la resolución de la División de Anulación y desestimación de la solicitud de declaración de invalidez
Infracción de los artículos 53, apartado 1, letra a), y 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n o 207/2009 del Consejo, ya que la Sala de Recurso incurrió en error en la comparación de los signos y por tanto en la apreciación global del riesgo de confusión entre las marcas figurativas «lactofree» y «Lactofree».
Recurso de casación interpuesto el 5 de julio de 2011 por AO contra el auto dictado por el Tribunal de la Función el 4 de abril de 2011 en el asunto F-45/10,
AO/Comisión
(Asunto T-365/11 P)
(2011/C 282/56)
Lengua de procedimiento: inglés
AO (Bruselas) (representante: P Lewisch, abogado)
Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea
La parte recurrente solicita al Tribunal General que:
Anule el auto del Tribunal de la Función Pública de 4 de abril de 2011 en el asunto F-45/10 AO/Comisión.
- En caso de que el Tribunal General pueda resolver sobre el asunto, visto el fondo de la cuestión, pronuncie el mismo tipo de auto que el pretendido en primera instancia, es decir:
- Anule la Decisión CMS 07/046 de la Comisión Europea, de 23 de julio de 2009, por el acoso, la mala gestión y la vulneración del derecho fundamental a ser oído.
- Anule todas las decisiones de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, adoptadas contra el demandante desde septiembre de 2003 hasta su separación del servicio, por el acoso y de la mala gestión derivada de la vulneración del derecho del demandante a ser oído.
- Conceda audiencia al demandante, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7, apartado 1, y 24 del Estatuto de los Funcionarios, ( 1 ) y que, a este respecto, tenga en cuenta las solicitudes presentadas en febrero y marzo de 2008.
- Conceda al demandante una indemnización simbólica de 1 euro (un euro) como compensación del perjuicio...
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