(2004/636/CE)Decisión del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a la celebración por la Comunidad Europea del Protocolo de adhesión de la Comunidad Europea a la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 29 de abril de 2004

relativa a la celebración por la Comunidad Europea del Protocolo de adhesión de la Comunidad Europea a la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea

(2004/636/CE)

EL CONSEJO DELA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular el apartado 2 de su artículo 80 en relación con la primera frase del párrafo primero del apartado 2 y con el párrafo segundo del apartado 3 de su artículo 300, Vista la propuesta de la Comisión, Visto el dictamen favorable del Parlamento Europeo (1), Considerando lo siguiente:

(1) La congestión del espacio aéreo y la próxima aplicación del cielo único europeo reclaman la adopción de medidas urgentes a escala comunitaria y en el marco de la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea (Eurocontrol).

(2) La Comunidad tiene competencia exclusiva o compartida con sus Estados miembros en determinados ámbitos regulados por el Convenio Internacional de Cooperación relativo a la Seguridad de la Navegación Aérea 'Eurocontrol', de 13 de diciembre de 1960, modificado en diversas ocasiones y refundido por el Protocolo abierto a la firma el 27 de junio de 1997 (en lo sucesivo, 'el Convenio revisado'). La adhesión de la Comunidad a Eurocontrol con el fin de ejercer tal competencia está autorizada en virtud del artículo 40 del Convenio revisado.

(3) La Comisión ha negociado en nombre de la Comunidad con las Partes Contratantes de Eurocontrol un Protocolo relativo a la adhesión de la Comunidad Europea a Eurocontrol (en lo sucesivo, 'el Protocolo').

(4) Dicho Protocolo se firmó en nombre de la Comunidad el 8 de octubre de 2002 en Bruselas, a reserva de su posible celebración.

(5) De conformidad con las obligaciones de cooperación mutuas entre la Comunidad y los Estados miembros, la Comunidad y los Estados miembros que son miembros de Eurocontrol deben ratificar simultáneamente el Protocolo y el Convenio revisado, a fin de garantizar la aplicación plena y uniforme de...

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