Reglamento (UE) nº 1139/2010 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2010, por el que se modifica por centésimo cuadragésimo primera vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes
Section | Reglamento |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
L 322/6 Diario Oficial de la Unión Europea 8.12.2010
ES
REGLAMENTO (UE) N o 1139/2010 DE LA COMISIÓN
de 7 de diciembre de 2010
por el que se modifica por centésimo cuadragésimo primera vez el Reglamento (CE) n o 881/2002
del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) n o
467/2001 del Consejo por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán
( 1
), y, en particular, su artículo 7, apartado 1, primer guión, y su artículo 7 bis, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) En el anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 figura la lista de las personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de capitales y recursos económicos de acuerdo con ese mismo Reglamento. Ghunia Abdrabbah, Al-Bashir Mohammed Al-Faqih y Tahir Nasuf fueron añadidos al anexo I mediante el Reglamento (CE) n o 246/2006
( 2
) a raíz de la decisión del Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, creado de acuerdo con la Resolución 1267(1999) del Consejo de Seguridad relativa a Al-Qaida, los talibanes y las personas y entidades asociadas, de añadirles a su lista consolidada.
(2) El 29 de septiembre de 2010, el Tribunal General
( 3 ) anuló el Reglamento (CE) n o 881/2002 por lo que se refiere a los Sres. Abdrabbah, Al-Faqih y Nasuf, al estimar que no se habían respetado el derecho a la defensa, el derecho de recurso y el derecho a la propiedad.
(3) La Comisión comunicó una declaración de razones a los Sres. Abdrabbah, Al-Faqih y Nasuf los días 22 de septiembre, 7 de agosto y 11 de agosto de 2009, respectivamente, tras la apertura del procedimiento ante el Tribunal antes mencionado. De esta forma se corrigió la irregularidad detectada por el Tribunal General.
(4) Por consiguiente, procede sustituir la decisión de incluir a los Sres...
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