Decisión nº 1358/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, que modifica la Decisión nº 1904/2006/CE por la que se establece el programa «Europa con los ciudadanos» para el período 2007-2013 a fin de promover la ciudadanía europea activa
Section | Decision |
Issuing Organization | Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea |
DECISIÓN Nº 1358/2008/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 16 de diciembre de 2008
que modifica la Decisión nº 1904/2006/CE por la que se establece el programa «Europa con los ciudadanos» para el período 2007-2013 a fin de promover la ciudadanía europea activa
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, sus artículos 151 y 308,
Vista la propuesta de la Comisión,
Previa consulta al Comité Económico y Social Europeo,
Previa consulta al Comité de las Regiones,
De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (1),
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión nº 1904/2006/CE del Parlamento Europeo y el Consejo (2) estableció el programa «Europa con los ciudadanos» para el período 2007-2013.
(2) En el artículo 8, apartado 3, de la Decisión nº 1904/2006/CE se establece que las medidas necesarias para la ejecución del programa que no sean las enumeradas en el apartado 2 deben aprobarse con arreglo al procedimiento contemplado en el artículo 9, apartado 3, de dicha Decisión, es decir, de acuerdo con el procedimiento consultivo establecido en la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (3).
(3) Esta redacción de la Decisión nº 1904/2006/CE implica, en particular, que las decisiones de selección que no sean las contempladas en el artículo 8, apartado 2, de dicha Decisión se someten al procedimiento consultivo y al derecho de control del Parlamento Europeo.
(4) Sin embargo, estas decisiones de selección se refieren principalmente a subvenciones pequeñas y no requieren tomas de decisión políticamente sensibles.
(5) Estos requisitos procedimentales suponen alargar de dos a tres meses el proceso de atribución de las subvenciones a los candidatos. Provocan numerosos retrasos a los beneficiarios, imponen una carga desproporcionada en la administración del programa y no proporcionan un valor añadido, habida cuenta de la naturaleza de las subvenciones concedidas.
(6) A fin de permitir una ejecución más rápida y eficaz de las decisiones de selección, es necesario sustituir el procedimiento consultivo por la obligación, por parte de la Comisión, de informar sin demora al Parlamento Europeo y a los Estados miembros sobre todas las medidas adoptadas para la ejecución de la...
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