Auto del Presidente del Tribunal de Primera Instancia de 2 de abril de 2001 en el asunto T-24/01 R: Claire Staelen contra Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea (Procedimiento sobre medidas provisionales Funcionarios No admisión a las pruebas posteriores de un concurso Urgencia Inexistencia)

SectionAuto
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

28.7.2001 ES C 212/25Diario Oficial de las Comunidades Europeas AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA La demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

INSTANCIA -- Anule el arti¥culo 1, apartados 1 y 3, y el arti¥culo 3 de la Decisio¥n C (2000) 2466 final de la Comisio¥n, de 26 dede 2 de abril de 2001 julio de 2000,(1) en la medida en la que la Comisio¥n declaro¥ que la ayuda concedida por Alemania para el en el asunto T-24/01 R: Claire Staelen contra Parlamento proyecto no 1014 por importe de 701 664,50 marcos Europeo y Consejo de la Unio¥n Europea alemanes es incompatible con el mercado comu¥n.

(Procedimiento sobre medidas provisionales -- Funcionarios -- Condene en costas a la Comisio¥n.

-- No admisio¥n a las pruebas posteriores de un concurso -Urgencia -- Inexistencia) Motivos y principales alegaciones(2001/C 212/47) La demandante adquirio¥ en 1996 el a¥mbito empresarial de los(Lengua de procedimiento: francÈs) productos de telefoni¥a mo¥vil de la empresa alemana FUBA Hans Kolbe & Co. Esta empresa habi¥a colaborado entre 1994 y En el asunto T-24/01 R, Claire Staelen, agente temporal del 1996 en un proyecto de investigacio¥n y desarrollo (proyecto Parlamento Europeo, con domicilio en Bridel (Luxemburgo), no 1014) de una filial del grupo SICAN con relacio¥n a un representada por Me J. Choucroun, abogado, que designa sistema de repeticio¥n, en Niedersachsen. El Land Niedersachsen domicilio en Luxemburgo, contra Parlamento Europeo (agen- habi¥a fomentado este proyecto con una ayuda estatal que la tes: Sres. Y. Pantalis y J.F. De Wachter) y Consejo de la Unio¥n Comisio¥n declaro¥ incompatible con el mercado comu¥n Europea (agentes: Sres. F. Anton y A. Pilette), que tiene por mediante la decisio¥n impugnada. En consecuencia, el Land objeto una demanda de suspensio¥n del procedimiento de exigio¥ la devolucio¥n de la ayuda.

seleccio¥n de los aprobados del concurso EUR/A/151/98 -Administrador de lengua francesa convocado por el Parlamento y el Consejo, asi¥ como una solicitud encaminada a La demandante alega que la demandada incumplio¥ de modoordenar al Parlamento y al Consejo, conjuntamente, que grave su obligacio¥n de motivacio¥n conforme al arti¥culo 253presenten todas las actas de las pruebas del referido concurso CE. La demandada so¥lo aborda en su decisio¥n, en el marco dey que respondan a determinadas preguntas de la demandante, la...

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