Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 13 de julio de 2000 en el asunto T-24/99, Claudio d'Aloya contra Consejo de la Unión Europea (Funcionarios Promoción Recurso de anulación Recurso de indemnización)

SectionCase
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

C 259/18 ES 9.9.2000Diario Oficial de las Comunidades Europeas G.M. Berrisch), apoyado por Comisio¥n de las Comunidades de indemnizacio¥n del perjuicio moral sufrido, el Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda), integrado por los Sres.Europeas (Agentes: Sres. V. Kreuschitz y N. Khan), que tiene por objeto un recurso de anulacio¥n parcial del Reglamento J. Pirrung, Presidente; A. Potocki y A.W.H. Meij, Jueces; Secretario: Sr. J. Palacio Gonza¥lez, administrador, ha dictado el 13 de(CE) no 2380/98 del Consejo, de 3 de noviembre de 1998, que modifica el Reglamento (CE) no 1567/97, por el que se julio de 2000 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de bolsos de cuero originarios de la Repu¥blica Popular 1) Se desestima el recurso.

de China (DO L 296, p. 1), el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas (Sala Cuarta ampliada), integrado 2) Cada parte cargara¥ con sus propias costas.

por la Sra. V. Tiili, Presidenta; y por la Sra. P. Lindh y los Sres. R.M. Moura Ramos, J.D. Cooke y P. Mengozzi, Jueces, (1) DO C 86 de 27.3.99.Secretaria: Sra. B. Pastor, administradora principal, ha dictado el 29 de junio de 2000 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1) Se anula el arti¥culo 2 del Reglamento (CE) no 2380/98 del Consejo, de 3 de noviembre de 1998, que modifica el Reglamento (CE) no 1567/97 por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de bolsos de cuero originarios de la Repu¥blica Popular de China, en la SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIAmedida en que el Consejo no ha extrai¥do todas las conclusiones de la investigacio¥n de reconsideracio¥n relativas a las importaciones de los productos de Lucci Creation Ltd por la demandante. de 27 de junio de 2000

2) Se mantiene en vigor la modificacio¥n de los tipos de los derechos en el asunto T-67/99, K contra Comisio¥n de las Comunida-hasta que las Instituciones competentes hayan adoptado las des Europeas (1)medidas que implica la ejecucio¥n de la presente sentencia.

3) El Consejo cargara¥ con sus propias costas y con las costas de la (Funcionarios -- Obligacio¥n de asistencia que incumbe a la demandante. Administracio¥n -- Arti¥culo 24 del Estatuto -- Alcance -Li¥mites) 4) La Comisio¥n cargara¥ con sus propias costas.

(2000/C 259/30) (1) DO C 86, de 27.3.1999.

(Lengua de procedimiento: francÈs) En el asunto T-67/99, K, funcionario de la Comisio¥n de las Comunidades...

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