Decisión Atalanta/2/2010 del Comité Político y de Seguridad, de 23 de marzo de 2010, por la que se nombra al Comandante de la Fuerza de la Unión Europea para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta)

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L 83/22 Diario Oficial de la Unión Europea 30.3.2010

ES

DECISIÓN ATALANTA/2/2010 DEL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD

de 23 de marzo de 2010

por la que se nombra al Comandante de la Fuerza de la Unión Europea para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta)

(2010/185/PESC)

EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 38,

Vista la Acción Común 2008/851/PESC del Consejo, de 10 de noviembre de 2008, relativa a la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia

( 1

) (Atalanta), y, en particular, su artículo 6,

Considerando lo siguiente:

(1) En virtud del artículo 6 de la Acción Común 2008/851/PESC, el Consejo autorizó al Comité Político y de Seguridad (CPS) a que adoptase las decisiones sobre el nombramiento del Comandante de la Fuerza de la Unión Europea.

(2) El 4 de diciembre de 2009, el CPS adoptó la Decisión Atalanta/8/2009

( 2 ) por la que nombraba al contralmirante Giovanni GUMIERO Comandante de la Fuerza de la Unión Europea para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia.

(3) El Comandante de la Operación de la Unión Europea ha recomendado que se nombre al contralmirante Jan THÖRNQVIST nuevo Comandante de la Fuerza de la Unión Europea para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia.

(4) El Comité Militar de la Unión Europea respaldó dicha recomendación.

(5) De conformidad con el artículo 5 del Protocolo sobre la posición de Dinamarca anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea...

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